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Séptimo Día |CONCLUSIONES

Un peligroso y creciente criterio delegativo

4 de Febrero de 2018 | 07:42
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Una primera conclusión del estudio de ASAP destaca la accesibilidad de la información presupuestaria. Más allá de los múltiples obstáculos descriptos, debe insistirse sobre la restricción que representa la publicación de medidas en formato sintetizado para la reconstrucción de nuestra historia fiscal.

En el plano normativo, la delegación de funciones legislativas en cabeza del Poder Ejecutivo es un fenómeno presente desde los albores del actual sistema de administración financiera (1992).

Si bien las modificaciones al artículo 37 de la Ley N° 24.156 (2006 y 2016) representan los principales hitos de este “patrón delegativo”, las sucesivas leyes anuales de Presupuesto desde 1994 ya habían ido habilitando delegaciones puntuales.

De este modo, los denominados “superpoderes” (2006) solo reprodujeron de forma consolidada delegaciones que (en mayor o menor medida) ya se venían concediendo con vigencia anual.

Cierto es, sin embargo, que desde ese entonces su aplicación se tornó permanente y su alcance se extendió a otras funciones hasta ese momento no contempladas, ampliándose considerablemente el espectro de atribuciones del Poder Ejecutivo en la materia.

En retrospectiva, la aplicación de este esquema dejó en manos del Congreso prácticamente una única facultad reservada a lo largo de todo el período: la de modificar el monto total del Presupuesto con origen en mayores recursos de los previstos. El resto fueron asignadas al Poder Ejecutivo desde el principio mismo del período analizado o bien gradualmente a través de las sucesivas leyes de Presupuesto.

Por otra parte, al interior del Poder Ejecutivo los niveles de autoridad para aprobar tales modificaciones no registraron reconfiguraciones sustantivas. De hecho, las Decisiones Administrativas distributivas de créditos a partir de las cuales se aprobaron tales atribuciones mantuvieron casi idéntica redacción entre 2006 y 2016, por ejemplo, conservando en la figura del Jefe de Gabinete de Ministros los referidos “superpoderes”.

En este contexto, las modificaciones entre 1994 y 2016 representaron el 15% (promedio) del presupuesto original, incrementándose sustantivamente desde 2004 y alcanzando un pico del 41% en 2016.

 

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