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La Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata analiza un nuevo planteo de competencia realizado por la fiscalía, en el juicio al ex fiscal de La Plata Tomás Moran y al abogado Gustavo Galasso, ambos acusados de haber solicitado 30.000 dólares para desviar una investigación por un doble homicidio.
Voceros de Tribunales revelaron ayer que el fiscal de Juicio de La Plata Juan Caniggia dictaminó que del análisis de la materialidad ilícita se podría estar ante delitos más graves, que deberían ser juzgados por un Tribunal Oral en lo Criminal y no por un Juzgado Correccional, donde había recaído la causa.
En estas actuaciones la Cámara había designado al Tribunal IV, integrado por los jueces Emir Caputo Tártara y Juan Carlos Bruni, pero ambos magistrados resolvieron devolver el expediente a la alzada, al considerar que los hechos investigados son de competencia de los juzgados correccionales, ya que los delitos que les imputan, en principio, tienen un máximo que no supera los 6 años de prisión.
La causa fue remitida al Juzgado Correccional V del doctor Diego Tatarsky, quien ante el planteo del fiscal de Juicio dio traslado a las defensas de los dos imputados y luego remitió todos los planteos a la Cámara, donde finalmente se dirimirá la competencia, junto al pedido de acumulación de esta causa con la que debe juzgar el homicidio de Juan Farías, un supuesto integrante de una banda de asaltantes, que tendría conexidad con esta investigación y la de la "megabanda", en la que se encuentra detenido el ex juez César Melazo, ex jefes policiales y ex barras, detallaron las fuentes consultadas.
En este expediente judicial, en octubre último, la Sala II de la Cámara confirmó la elevación a juicio, dispuesta por el juez de Garantías Pablo Raele, al rechazar apelaciones presentadas por los defensores de ambos imputados.
En esta causa, que investigó la fiscal María Eugenia Di Lorenzo, se dio por semiplenamente acreditado entre 2008 y 2014, en el marco del expediente por los homicidios de Carlos Rodríguez y María Martini, ocurridos en 2008, el por entonces fiscal Moran, “abusando del cargo que detentaba, solicitó -al menos una vez- a través de una interpósita persona de sexo masculino, de profesión abogado, a Ronco la entrega indebida de una dádiva (dinero que convirtió en su propio beneficio), más precisamente la suma de treinta mil dólares”.
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En la elevación a juicio, la fiscal dictaminó, que Morán recibió ese dinero “a cambio de desviar la investigación con el fin de no imputarle la autoría de un doble homicidio por el que se encontraba sindicado (Javier) Ronco –también imputado-, realizando a tal efecto y en forma independiente, varios actos con el fin encubrir y manipular maliciosamente la investigación a su cargo, ayudando de esta forma para que el mencionado Ronco se sustrajera de la acción de la justicia y lograra así su impunidad, omitiendo también con esta conducta la individualización de su autor cuando en rigor el citado fiscal estaba obligado a promover la acción penal de un delito”.
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