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Quienes saquen a sus mascotas no pueden llegar a más de 200 metros de sus hogares. Otras situaciones de excepción
pasear el perro sí, cerca de casa
Sacar al perro a la vía pública se puede pero sin abusar. Si bien al principio se habló de que se podía hacer un paseo de hasta 200 metros en las últimas horas desde la Patrulla Municipal confirmaron que la mascota puede hacer una ronda sólo por el frente de la residencia particular. De este modo, no se podrá realizar lo que se entiende por paseo que implica caminar por la vereda junto al animal.
Lavar el auto en la vía pública, en tanto, no se incluye en la lista de las actividades permitidas. Cargar nafta solo podrán hacerlo aquellos que estén incluidos en el grupo de trabajadores de servicios esenciales.
Esas son algunas de las dudas más comunes que surgen por estas horas en torno al cumplimiento de la cuarentena total impulsada por el gobierno nacional para frenar la propagación del coronavirus, medida que ayer atravesó su segunda jornada. Además, en las últimas horas se lanzaron nuevas medidas de excepción, que alcanzan a padres y madres que deben trasladar a sus hijos de un domicilio a otro.
Vamos por partes. Desde que comenzó la cuarentena una pregunta que se reiteró entre los lectores es si se puede sacar a pasear al perro. Pronto se supo que la respuesta es sí, pero no a todos les quedaron claros los términos. Es fundamental compatibilizar las necesidades del animal con el respeto al aislamiento. Al respecto, desde la Municipalidad de La Plata aclararon que se está usando una base de los protocolos que dispone la Organización Mundial de la Salud.
“Si bien se puede sacar a pasear a los perros, los paseadores están prohibidos. Es decir, lo puede sacar el dueño/a del perro, una sola persona, y no alejarse más de 200 metros de su domicilio particular”, remarcaron desde el Municipio.
Además, señalaron que el animal puede pasar una hora y media diaria (fuera del hogar), que puede estar dividida en dos salidas durante la jornada. Afirmaron que la Guardia Urbana con está haciendo un seguimiento de esta situación, para evitar que existan abusos por parte de quienes utilizan las mascotas para incumplir la cuarentena.
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“Es importante remarcar que los pasadores, adiestradores están prohibidos”, subrayaron.
El Gobierno había dado a conocer una serie de recomendaciones para pasear perros durante el aislamiento. De acuerdo con lo dispiesto por el el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 297/2020, las indicaciones buscan evitar el contacto de espacios donde puede estar el coronavirus. Desde el Ministerio de Ambiente de la Nación se dio lugar a sacar a las mascotas pero pidieron que los recorridos sean cortos. Entre los requerimientos aparecen que los dueños deben limpiar a sus perros al regresar al hogar. Lo mismo deben hacer por los lugares en los que se movió el animal. Por este motivo se pone énfasis en el control de la materia fecal y la orina de la mascota. Para salir con un perro es necesario, entonces, hacerlo con lavandina, que debe ser echada sobre la zona en la que orine el animal, recomendaron. También solicitan que se mantenga la distancia de 1,5 metros (mínima) respecto de las demás personas, durante el recorrido con el perro.
Por otro lado, desde el Municipio aclararon que “si bien el protocolo internacional no indica nada sobre el lavado de autos, al no ser una actividad imprescindible, no se debiera hacer en el marco de la cuarentena”. Y remarcaron que “aunque no especifique nada, no la aclara dentro de las actividades que permiten estar en la vía pública”. Por si fuera poco, por más que sea una práctica habitual, hacerlo está prohibido por la ordenanza 6147: “El lavado de automóviles en la vía pública será sancionado con multa de 5 a 200 módulos”.
¿Y se puede cargar nafta? Si estás contemplado dentro del grupo de trabajadores de servicios esenciales sí y utilizás el auto para trasladarte.
Por otro lado, ayer el el ministerio de Desarrollo Social resolvió una serie de excepciones al Decreto N° 297/2020 en lo referido al aislamiento social obligatorio en casos de asistencia de niños, niñas y adolescentes por parte de sus progenitores o tutores. La norma establece que el progenitor, referente afectivo o familiar que tenga a su cargo realizar el traslado, debe tener en su poder una declaración jurada a fin de ser presentada a la autoridad competente, junto con el DNI del niño, niña o adolescente, a los fines de corroborar la causa de ese movimiento. El formulario de esta declaración se encuentra en la página web del ministerio.
Por otro lado, ayer la Agencia Nacional de Discapacidad dejó sin efecto la habilitación limitada a circular para personas con discapacidad mental, cognitiva y psicosocial que se había establecido ayer y recomendó el aislamiento social para prevenir la proliferación del coronavirus.
A través de una nueva circular, el organismo recordó que el Decreto 297/2020 establece el “aislamiento social, preventivo y obligatorio” para todas las personas que habitan en el país o se encuentran en él en forma temporaria, desde el 20 y hasta el 31 de marzo, pudiéndose prorrogar este plazo por el tiempo que se considere necesario en atención a la situación epidemiológica.
El organismo señaló que en virtud de la afectación de la Salud Pública será el Ministerio de Salud y la Jefatura de Gabinete de Ministros quien determine las excepciones a los decretos citados y por lo tanto dejó sin efecto la circular que habilitaba la circulación limitada de personas con discapacidad mental, cognitiva y psicosocial.
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no se permite salir a lavar el auto
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