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Política y Economía |LO DECIDIÓ EL CENTRAL, DESPUÉS DE MÁS DE UN AÑO Y MEDIO

Vuelve la presencialidad sin turno en los bancos

Será a partir del lunes, garantizando medidas preventivas ante la pandemia. También en otras entidades financieras

12 de Noviembre de 2021 | 02:04
Edición impresa

Finalmente, el Banco Central (BCRA) resolvió que las entidades financieras volverán a atender al público sin turno a partir del lunes próximo, debiendo garantizar las medidas preventivas de salud por la pandemia.

La decisión llegó después de los fuertes reclamos de los clientes porque se liberaban otras actividades y los bancos seguían atendiendo con turnos, casi desde que comenzaron las cuarentenas, en marzo de 2020.

En un comunicado, la autoridad monetaria dispuso que “las entidades financieras y las empresas que prestan servicios vinculados, podrán a partir del lunes realizar la atención presencial del público en general sin turno”.

La medida dispone que “en caso de optar por dar prioridad a la atención con turno, las entidades deberán exhibir esa condición en forma clara en sus páginas de Internet, el turno no podrá demorar más de tres jornadas hábiles y se deberá tramitar en forma sencilla a través de esas páginas o por otro medio electrónico y atenderse con celeridad”.

El BCRA aclaró que “si la capacidad de atención lo permite, se podrá atender con ambas modalidades, dando prioridad a la atención de los clientes que tienen turno y a personas que se presenten con su Certificado Único de Discapacidad vigente o con movilidad reducida”.

La norma alcanza a las entidades financieras, empresas no financieras emisoras de tarjetas de crédito y/o compra, los otros proveedores no financieros de crédito inscriptos, las casas de cambio y las empresas de cobranzas extrabancarias.

El BCRA detalló que “el pago de haberes previsionales o prestaciones de la seguridad social se deberá realizar conforme al cronograma establecido por el respectivo organismo. El día en que los beneficiarios deban presentarse para cobrar su jubilación, pensión y/o prestación, podrán realizar cualquier otro trámite”.

Más adelante, la normativa enfatiza que “las entidades alcanzadas por esta resolución están sujetas al estricto cumplimiento de las normas sanitarias y de las recomendaciones dispuestas por las autoridades sanitarias nacional y/o jurisdiccional, garantizando la provisión de los elementos sanitarios y de limpieza y el cumplimiento de las distancias interpersonales de seguridad estipuladas”.

En ese sentido, recuerda que deberán cumplir la totalidad de las medidas preventivas generales, como “mantener una distancia mínima de 2 metros, el uso de tapabocas en espacios compartidos, y la higenización asiduamente las manos”, concluye el BCRA.

 

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