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La justicia uruguaya resolvió hoy suspender el proceso de extradición del diputado argentino Fabián “Pepín” Rodríguez Simón hasta tanto haya una resolución firme vinculada con su pedido de refugio; pero dispuso al mismo tiempo que le cierren las fronteras y le retengan todos los pasaportes para que no pueda salir de ese país.
La decisión fue adoptada por la jueza letrada Penal Especializada en Crimen Organizado de 1º Turno, Adriana Chamsarian, luego de la audiencia de debate desarrollada esta tarde en Montevideo.
El pedido de extradición de Pepín, como supuesto ariete de la mesa judicial de Cambiemos, fue formulado por la jueza federal María Romilda Servini en el marco de la causa en la que se investigan supuestas presiones y asfixia financiera del gobierno de Mauricio Macri a los accionistas del Grupo Indalo.
La definición le quedó a la justicia, porque el artículo 41 de la Ley de Derecho al Refugio de Uruguay habilita a que "cuando los pedidos de extradición recaigan sobre solicitantes de refugio, será el Juez de la causa quien, en forma excepcional, previo informe de la Comisión de Refugiados, adoptará resolución sobre la solicitud de refugio, antes de resolver sobre la extradición".
De todas formas, para decidir si le concede el status requerido o no, la jueza deberá contar con el informe de la Comisión de Refugiados que está integrada por un representante del Ministerio de Relaciones Exteriores uruguayo, uno de la Dirección Nacional de Migración, uno de una universidad, un legislador, dos de organizaciones no gubernamentales y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados o su representante, con derecho a voz, pero sin voto.
En la resolución de hoy a la que accedió Télam, la jueza Chamsarian dispuso “suspender el presente proceso de extradición del señor Fabián Rodríguez Simón hasta resolución firme sobre la cuestión previa invocada de su calidad de refugiado”.
En el mismo fallo le impuso a Pepín las obligaciones de “constituir domicilio en el país y entregar los pasaportes que pueda tener en su poder” dentro de las 24 horas posteriores a la resolución, al tiempo que ordenó “disponer el cierre de fronteras, oficiándose en carácter de urgente”.
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