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La AFIP habilitó la opción para los contribuyentes que paguen este tributo
Las modificaciones en las deducciones al Impuesto a las Ganancias en lo que respecta a gastos con fines educativos que fuera establecido por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), contemplado en el Presupuesto 2023, ya están vigentes, por lo que aquellos trabajadores que tributen y tengan hijos de hasta 24 años podrán comenzar a deducir.
Vale recordar que la medida se dispuso a través de la Resolución General 5314/2023, publicada en el mes de enero, de manera que el contribuyente podrá realizar "una deducción de las sumas en concepto de servicios con fines educativos y de las herramientas destinadas a esos efectos, debidamente acreditadas, que el contribuyente pague por quienes revistan el carácter de cargas de familia y por sus hijos mayores de edad y de hasta 24 años, inclusive", en este último caso "en la medida que cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio, que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente".
La AFIP indicó que en el período fiscal en que se efectúe el cómputo de la deducción, el beneficiario de la renta deberá ingresar, a través del servicio "Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (Siradig)-Trabajador", los datos que solicite e ingresar los datos de la factura que le solicite el sistema.
La novedad saliente es que ya está disponible en el sitio on line de la AFIP el formulario correspondiente para comenzar a hacer el descargo correspondiente. Es importante saber que se podrá hacer por el 2022 y, claro está, por el 2023. Mientras por el año pasado se podrá obtener una devolución de lo retenido, como máximo, de poco más de $35.000, por el año en curso se podrá dejar de tributar hasta unos $63.000.
Cómo es el trámite, paso a paso
Con los comprobantes de los gastos "en mano", se debe ingresar con clave fiscal a www.afip.gob.ar, clikear Siradig-Trabajador entre los servicios interactivos que se despliegan. Se trata de la misma planilla que se utiliza para cargar las deducciones por familiares a cargo y otros gastos, como así también los recargos por la compra de moneda extranjera para ahorro o las compras de bienes y servicios en el exterior.
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- El paso siguiente es ir donde dice "Carga de formulario" y a continuación "Deducciones y desgravaciones". En ese apartado es donde ahora está disponible la opción "Gastos de educación".
- Clickeando allí solicitará el período al cual corresponde el comprobante a cargar. Al ir a "Alta de Comprobante" se deberá completar los datos que solicita (fecha, tipo, número y monto).
- También requerirá los datos de la "entidad proveedora", en ese caso la institución educativa o persona que da el servicio, comercio, como el CUIT que figura en la factura o comprobante que hubiera emitido.
- Completado ese punto el sistema solicitará optar entre "Servicios con fines educativos" o bien "Herramientas educativas".
- A continuación será el turno de identificar al familiar a quien corresponde el gasto que se pretende declarar, y las opciones son dos:
*Hijos declarados a cargo: los menores de 18 años o estar incapacitados para el trabajo.
*Hijos de entre 18 y 24 años: que cursen estudios regulares o profesionales de un arte u oficio, que les impida proveerse de medios necesarios para sostenerse independientemente.
- Una vez seleccionada una de las dos opciones se deben agregar datos, como el CUIT o DNI, y aparecerá la información sobre la persona. Una vez ahí se debe aclarar si se aplica la deducción del 100% o del 50%, esta última opción cuando ambos padres declaran al hijo o a los hijos y entonces se aplica la mitad del importe deducible a cada uno.
Algo a tener muy en cuenta es que cada dato que se cargue debe ser guardado y para generar la declaración que sea tomada en cuenta para el cálculo se debe ir a "Vista Previa", lo cual desplegará un borrador de planilla con la información cargada. En caso de estar todo correcto, se debe clickear en "Enviar al empleador".
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