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El sistema democrático cuenta con el principio de la publicidad de los actos de gobierno como una de sus premisas esenciales, cuya vigencia permite que la población pueda conocer la actividad que llevan adelante sus representantes.
En el caso de nuestro país, ese principio debe ser respetado por quienes prestan servicios en los tres poderes, que están obligados a garantizar en forma nítida la divulgación de sus acciones.
Esto importa asimismo una obligación funcional que deben cumplir tanto el gobierno federal como las administraciones provinciales, tal como lo determinan varios artículos de la Constitución Nacional. Se conoce que la Carta Magna deja en claro que las atribuciones de las autoridades públicas son limitadas y que, por consiguiente, se encuentran sujetas a diversos mecanismos de control.
Entre estos se encuentra la publicidad de los actos de gobierno, que debe ser irrestricta, salvo las escasas excepciones previstas por la ley que las contempla, por cuestiones relacionadas a la seguridad nacional, la defensa, las relaciones exteriores y a principios que hacen a la salvaguarda de la intimidad de las personas.
En este contexto normativo debe valorarse la decisión adoptada en La Plata de transmitir por primera vez, en vivo, a través de internet la sesión del Concejo Deliberante local, tal como ocurrió el jueves pasado.
En concreto, a partir de ahora las reuniones plenarias del deliberativo local se transmitirán por el canal institucional de Youtube, en base a una decisión impulsada desde el propio Concejo que obtuvo la convalidación de todos los bloques políticos.
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Las sesiones públicas mantenidas en los cuerpos legislativos y ahora en el deliberativo platense y los juicios orales en los estrados de la Justicia, constituyen pasos positivos que debieran tener su correlato en muchas áreas de los poderes ejecutivos.
Hace décadas las licitaciones públicas de la Provincia para adjudicar a empresas oferentes distintos tipos de obras se realizaban en salones con entrada libre para la población, inclusive en teatros que se habilitaban para tal fin.
Los llamados bandos oficiales, que en la Antigüedad se traducían en carteles pegados en las plazas públicas y que anunciaban los actos de gobierno, derivaron ahora en la alternativa de poder contar con una transmisión televisiva en vivo de las acciones de un gobierno.
En buena hora la disponibilidad de esa herramienta que, además, debe contar con el acatamiento irrestricto de los funcionarios, jueces y legisladores a la vigencia de un principio que, como se ha dicho, representa con claridad las características más virtuosas del sistema democrático y de la forma republicana de gobierno.
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