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Restituye la cuarta categoría del impuesto y regirá desde julio. Volverán a pagarlo casi 1 millón de empleados. Los nuevos mínimos y alcances
El presidente Javier Milei ya firmó el decreto de reglamentación del Impuesto a las Ganancias, que se publicará mañana en el boletín oficial. Esta medida restituye la cuarta categoría del tributo, sancionada a finales de junio como parte del paquete fiscal enviado por el oficialismo al Congreso.
Era una de las medidas pendientes, después de que salieran las normas para la moratoria, el blanqueo y Bienes Personales como parte del Paquete fiscal que se aprobó en el Congreso.
De acuerdo a las fuentes oficiales, mantendrá la baja del piso a $1,8 millón para solteros (unos $ 1.5 millón netos) y $ 2,2 millones para personas con dos hijos (1,95 millón netos) votada. Comenzará a regir en julio, o sea, con los salarios que los trabajadores recibirán los primeros días de agosto.
Anteriormente, el mínimo no imponible era de 15 salarios mínimos, equivalentes a $ 2.340.000 hasta junio y $ 3.5 millones desde julio.
La CGT había pedido, aunque sin éxito, que se hiciera una actualización del piso, ya que el proyecto original había sido redactado “hace 5 meses y no puede seguir siendo lo mismo, porque en el medio hubo 60% de inflación”, había dicho Héctor Daer, co-secretario de la CGT, tras la reunión que tuvieron los sindicalistas en Gobierno.
De cualquier forma, la actualización del mínimo no imponible se hará de forma trimestral durante este año, en septiembre, y luego de forma semestral a partir del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
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Se espera que entre 800.000 y un millón de trabajadores hoy exentos de Ganancias, como bancarios, mineros, siderúrgicos, camioneros, aceiteros o personal jerárquico, volverían a pagar el impuesto en alícuotas que van del 5 al 35%. Los valores del impuesto a pagar arrancan en casi $3.000 mensuales hasta unos $60.000 mensuales para los que hoy están exentos. Y superan los $100.000 mensuales para los que ganan más de $2.500.000 brutos.
Una novedad es que todos los pagos que reciban los trabajadores, como horas extras, aguinaldo, viáticos de larga distancia (camioneros), zona patagónica, quedan incluidos en el cálculo del impuesto.
La diferencia entre los asalariados con o sin hijos se debe a que se podrá volver a deducir de la base imponible de Ganancias los hijos menores y otros gastos permitidos con un tope, como lo pagado en prepagas, gastos escolares, etc.
Según información obtenida por TN, la mesa técnica del Ejecutivo determinó que el impuesto se aplicará a los sueldos de julio, percibidos a principios de agosto, con el objetivo de iniciar la recaudación lo antes posible. Esta decisión fue una solicitud directa del ministro de Economía, Luis Caputo.
Las personas solteras que tienen una remuneración bruta mensual de $2.600.000 deberán abonar $99.979,36 de Impuesto a las Ganancias tras la aprobación de la reforma fiscal.
Por otro lado, los solteros con dos hijos que perciben $2.600.000 de remuneración bruta mensual pagarán $53.489,66 de Impuesto a las Ganancias. Los casados con dos hijos, con el mismo salario, deberán abonar $18.040,01.
Con estos cambios, las personas en relación de dependencia comenzarán a pagar desde un sueldo menor al vigente desde enero, pero comenzarán tributando un monto bajo porque se les aplicará una alícuota progresiva que parte del 5% sobre el excedente (en los primeros tramos, el impuesto es menos del 1% del salario).
En concreto, se modificaron el valor de la ganancia mínima no imponible y las deducciones que conforman el piso para empezar a pagar el Impuesto a las Ganancias.
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