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Quedará en suspenso hasta que el Congreso informe los recursos con los que se afrontarán las erogaciones contempladas por la norma
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El Poder Ejecutivo promulgó la Ley Nº27.793 de Emergencia Nacional en Discapacidad y, en simultáneo, comunicó que su aplicación queda suspendida hasta que el Congreso incluya créditos presupuestarios y fuentes específicas para cubrir sus erogaciones. Así lo establece el Decreto 681/2025, que invoca el art. 5° de la Ley Nº24.629 (toda ley con gasto queda suspendida hasta la inclusión de partidas) y el art. 38 de la Ley Nº24.156 (obligación de precisar financiamiento).
El Gobierno recordó que el Presupuesto 2026 fue remitido al Parlamento el 15 de septiembre y que ese es el ámbito para definir recursos y partidas que permitan la ejecución de la norma. La ley había sido vetada en agosto (Decreto 534/25), pero el Congreso insistió con dos tercios en Diputados y Senado, tras lo cual fue enviada al Poder Ejecutivo para su promulgación.
Qué dispone la ley (en lo formal, aún no ejecutable):
— Declara la emergencia hasta el 31/12/2026 (prorrogable 1 año).
— Crea la Pensión No Contributiva por Discapacidad para Protección Social: 70% del haber mínimo, actualización previsional, compatibilidad con empleo hasta 2 SMVM, suspensión automática por superación del tope y rehabilitación inmediata; conversión de oficio de PNC vigentes.
— Garantiza cobertura de salud a través del Programa Incluir Salud y las prestaciones de la Ley 24.901.
— Declara de interés público los servicios de prestadores 24.901 y fija una compensación de emergencia por la brecha aranceles vs IPC (12/2023–12/2024); establece aranceles únicos con movilidad mensual por Decreto 274/24 (o el que lo reemplace) y un estudio anual de costos.
— Amplía a 3 años la exención del 50% de contribuciones patronales para empleadores que contraten trabajadores con discapacidad (art. 87 Ley 24.013).
— Fortalece a ANDIS (CUD, auditorías con debido proceso inclusivo) y exige informes anuales de ejecución y pagos.
Cifras que informó el propio Poder Ejecutivo:
— PNC por Discapacidad: $ 2.166.985.900.000 en 2025 (0,26% del PBI) y $ 4.706.628.500.000 en 2026 (0,47% del PBI).
— Programa Incluir Salud: $ 574.200.000.000 (2025, 0,07% del PBI) y $ 1.239.266.000.000 (2026, 0,12% del PBI).
— Compensación a prestadores (art. 13): $ 278.323.000.000 (0,03% del PBI).
— Necesidad total de crédito para ejecutar la ley (2025): $ 3.019.508.900.000 (0,35% del PBI).
— Crédito disponible sin afectar “Servicios Sociales”: $ 2.302.526.621.430, insuficiente para cubrir la totalidad de la ley.
Qué queda frenado hasta que haya partidas:
— Altas y conversiones de la nueva PNC, su compatibilidad laboral y rehabilitaciones.
— Compensación a prestadores 24.901 por la brecha 2024 vs IPC y la movilidad arancelaria respaldada en el Presupuesto.
— Incorporaciones a Incluir Salud en el marco de la nueva PNC.
— Despliegue operativo de ANDIS para auditorías y metas de transparencia con financiamiento.
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