Mercado de alquileres en La Plata: alta oferta, demanda estable y moderada movida estudiantil
Mercado de alquileres en La Plata: alta oferta, demanda estable y moderada movida estudiantil
Estudiantes vuelve al trabajo, con bajas y sin festejo programado: qué equipo pone Domínguez
Sólo falta la firma de Zaniratto para sellar su continuidad en Gimnasia: la letra chica del acuerdo
ARCA: renunció Juan Pazo y Edgardo Vázquez es el nuevo jefe de la ex AFIP
Quién es el concejal excamporista que reemplazará a Alak durante su licencia de verano
Llegó a La Plata para pasar las fiestas y un robo la dejó varada: pide ayuda para volver a España
Arranca la preventa de fabulosas promociones para suscriptores de EL DIA
“El delito siempre sale o sale”: vecinos sin suerte ante tanta inseguridad
Se define el Cartonazo por $4.000.000 y la línea por $300.000: controlá los números de hoy
Giro con el dólar por el nuevo esquema para las bandas: el impacto del sorpresivo anuncio
Las remeras del Pincha, del Lobo y de Boca, no pueden faltar en el arbolito
Semana crucial en el Congreso con el Presupuesto y la reforma laboral
“Controlaremos el gasto del Municipio y la gestión en seguridad”
Comienza la inscripción para la colonia en la República de los Niños
VIDEO. Otro episodio de violencia escolar encendió las alarmas en la Ciudad
Los números de la suerte del martes 16 de diciembre de 2025, según el signo del zodíaco
La Provincia anunció que pagará el aguinaldo “antes de las fiestas”
Municipales: adelantan el pago de los haberes de diciembre y confirman la fecha del aguinaldo
Baja la nafta: YPF anunció una reducción promedio del 2% en sus precios
Apuestas en línea: será obligatorio el reconocimiento facial
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Declaró inconstitucional un inciso de la ley de Educación de la provincia de Salta, que establece la enseñanza religiosa en los planes de estudio de las escuelas estatales, por considerarlo discriminatorio
"Público quiere decir para todos. La educación pública es laica. La educación religiosa tiene otros espacios"
La Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) declaró la inconstitucionalidad de un inciso de la ley de educación de Salta que establece la enseñanza religiosa en los planes de estudio de las escuelas públicas, por considerar que es “discriminatorio y viola el derecho a la intimidad de las familias”, según anunció ayer el Centro de Información Judicial.
Con el voto de Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda, el máximo tribunal declaró inconstitucional el inciso “ñ” del artículo 27 de la ley de educación salteña, y quitó validez a la obligación de que los padres completen un formulario para exteriorizar la religión que profesan.
Tras conocerse el fallo, el gobernador de Salta, Juan Manuel Urtubey, envió a la legislatura provincial un proyecto que modifica la ley provincial de educación y deja a la religión fuera del horario de clases, como anticipó que haría si la Corte avalaba el reclamo.
“El texto del inciso ‘ñ’ del artículo 27 de la ley de educación provincial no contiene un supuesto de discriminación directa sino que, bajo la apariencia de neutralidad, tiene decisivos efectos discriminatorios”, sostuvieron los jueces en el fallo de 94 páginas, en el que remarcaron que “viola el principio de igualdad y no discriminación que debe orientar” a las políticas educativas.
Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda aseguraron que “en numerosas escuelas públicas salteñas se ha adoctrinado a los alumnos en el catolicismo, así lo indican los textos, ilustraciones y ejercicios contenidos en los libros utilizados en las clases de enseñanza religiosa”.
La Constitución Nacional establece un ámbito en el que cada individuo es soberano para tomar decisiones libres sobre el estilo de vida que desea, por lo cual, que alguien pueda ser obligado a revelar sus creencias religiosas es “abrir una grieta en el sistema de derechos fundamentales”, explicaron los jueces.
La causa fue promovida por madres de alumnos de escuelas públicas
“Además, se encuentra acreditada la presencia de alumnos en el aula durante las clases de catequesis pese a que sus padres habían exteriorizado su voluntad de que sus hijos no recibieran educación religiosa, o bien manifestado en forma expresa que no profesaban religión alguna”, agregaron Lorenzetti, Highton de Nolasco y Maqueda.
Los magistrados sostuvieron que en la escuela, fuera del horario de clase, todos aquellos que deseen recibir enseñanza religiosa pueden hacerlo.
En disidencia, el juez Horacio Rosatti consideró que la ley “es constitucional”, pero exhortó a la provincia de Salta a instrumentar las medidas necesarias para adaptar los contenidos curriculares de la materia y disponer el cese de todo rito religioso durante la jornada escolar.
Por su parte, el juez Carlos Rosenkrantz no suscribió la sentencia pues se excusó de intervenir en la causa ya que al momento de promoverse la acción de amparo era miembro de la Asociación por los Derechos Civiles, coactora en estas actuaciones, precisó el CIJ.
La causa fue iniciada con una acción colectiva de amparo promovida por un grupo de madres de alumnos de escuelas pública salteñas y la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) contra la provincia por considerar que la norma de educación local violaba la ley 1420 de Educación Pública de 1884 que establecía la laicidad.
Tras ser rechazado el planteo por todas las instancias de los tribunales salteños, incluida la Corte de Justicia provincial, el recurso llegó a la Corte Suprema, que realizó cuatro audiencias públicas este año en las que participaron académicos, defensores de los derechos humanos y representantes de distintos credos.
La discusión en torno a la educación religiosa en las escuelas movilizó a los salteños que realizaron movilizaciones a favor y en contra de la medida mientras la CSJN la tenía en análisis.
El gobernador de Salta, Juan Manuel Urtubey, había dicho que la provincia aceptaría la sentencia de la Corte, a pesar de su defensa de la educación religiosa.
“Si la Corte Suprema de Justicia de la Nación dice que nuestra Constitución viola la Constitución nacional, deberemos hacerle caso a la Corte”, afirmó en esa ocasión Urtubey.
En el fallo, los magistrados concluyeron que “de lo expuesto surge claramente que, dentro del sistema educativo público de la Provincia de Salta, existen patrones sistemáticos de trato desigualitario hacia grupos religiosos minoritarios y hacia los no creyentes”.
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2025 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí