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La jueza Marcela Garmendia hizo lugar al planteo del fiscal Marcelo Romero contra Diego Villanueva y Rosa Martignoni
La mamá de la víctima sostuvo desde el primer momento que su hijo no había caído por accidente/archivo
La jueza de Garantías de La Plata Marcela Garmendia ordenó ayer la detención de la pareja y el padre del niño de 7 años que, hace poco más de dos meses, cayó al vacío desde el séptimo piso de un edificio de calle 9, entre 54 y 55 de nuestra ciudad.
En tal sentido, fuentes judiciales revelaron que la medida de prisión recayó sobre Diego Villanueva (38) y Rosa Itati Martignoni (32), sospechados de ser responsables de los delitos de “homicidio calificado por el vínculo y homicidio simple”, respectivamente.
Cabe señalar que el primero de los delitos establece penas de prisión o reclusión perpetua y el segundo de 8 a 25 años.
De todas formas, la detención de ambos por ahora está en suspenso, sujeta al resultado de la apelación, que resolverá la Cámara sobre la denegatoria de las eximiciones de prisión resueltas también ayer por la doctora Garmendia, señalaron las fuentes consultadas.
En la orden de detención, al igual a lo dictaminado por el fiscal que investiga el caso, Marcelo Romero, se explicó que “existen indicios vehementes para sostener que el 10 de octubre último, cerca de las 20, en el edificio de calle 9, número 1124, 7mo A, en el contexto de un conflicto familiar de larga data, dos personas -el padre del menor y su pareja- en forma mancomunada, dieron muerte al niño de 7 años, quien se hallaba en el lugar en oportunidad del cumplimiento del régimen de visitas fijado, arrojándolo al vació por una de las ventanas”.
En la misma resolución, se descartó, en base a prueba testimonial y científica, la versión dada al inicio de la investigación por la pareja imputada: el niño jugaba en una de las piezas y que en un intento por agarrar un juguete que se le cayó por la ventana, se derrumbó al vacío.
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La declaración de la madre del menor, Ángela Donato, refutó desde el primer momento esa versión: “vivió siete años en un dúplex y no se acercaba a una ventana ni de casualidad”.
También denunció que volvía de la casa del padre “todo golpeado”.
También se tuvo en cuenta la pericia de reconstrucción ordenada por el fiscal, con un muñeco que tenía las medidas antropomórficas del menor -27 kilos y un metro veinte de altura-, al que arrojaron varias veces al vacío, con y sin impulso, en vertical y hacia la derecha, que fue donde originariamente se encontró el cuerpo del pequeño.
Los expertos concluyeron que de las ocho experiencias realizadas, tres dieron como resultado que la caída fue sin impulso, mientras que cinco con impulso.
También descartaron la posibilidad de que el niño haya caído al perder el equilibrio por algún objeto: “La posición en la que se encontraban el andador infantil y el ventilador hacen inferir que no habría facilitado la acción de escalamiento. El aposentamiento de partículas de polvo de manera homogénea sobre el turbo ventilador nos hacen deducir que, posiblemente, el menor no tuvo contacto con el mismo”.
También se indicó que en el informe elaborado por la Dirección de Policía Científica “resulta solvente por si mismo y más aún si se lo valora armónicamente con el resto de las probanzas reseñadas”.
“De todo lo expuesto , es posible afirmar que el niño no cayó al vació por accidente como desde el vamos los imputados pretendieron hacer creer”, se concluyó en la resolución.
Es más, en la orden de detención se agrega también que, según lo declarado por su médico, el menor, que tenía síndrome de Down, “estaba impedido de trepar o escalar por sí mismo. No podía subirse a la camilla que tiene una altura similar a la de la ventana”.
“Tampoco los elementos hallados en la escena del hecho, por sí solos , resultaron idóneos para facilitar el acceso a la ventana, esencialmente porque su inestabilidad provocaría su desplazamiento, dijo la jueza en referencia a un andador infantil y un turbo-ventilador que había en esa pieza del séptimo A.
“Si a ello agregamos la existencia de polvo en el turbo-ventilador con posterioridad al hecho, es evidente que, de haber sido su base de apoyo, este hubiera detentado huellas de su aposentamiento”, resaltó la jueza en su fallo.
El médico dijo en la causa que el niño “hasta perdía el equilibrio cuando lo subía a la balanza, y al hacerlo se agarraba de inmediato a la barra que mide la estatura”.
El profesional dijo también que observó en la víctima de este caso “signos de maltrato infantil”.
En la resolución también se mencionó el testimonio de la acompañante terapéutica del menor, quien explicó en la causa que “diferenciaba muy bien entre el si y el no, era muy obediente y dócil y tenía consciencia del peligro”.
Además dijo que “era tranquilo y que necesitaba ciertos cuidados, al punto de que no podía abrir por sí solo una botella de gaseosa”.
La testigo aportó otro dato revelador: “No podía trepar porque carecía de fuerza”.
En tanto, la psicóloga del menor dijo que había “una dinámica familiar sumamente conflictiva”.
“Desde mi percepción, el conflicto iba más allá del niño, pero él siempre quedaba en el medio. No podían escuchar el deseo de su hijo porque estaban muy entrampados entre ellos mismos”.
El acompañante terapéutico que estuvo con el niño el último año dijo que la víctima “carecía de lenguaje comunicacional y que compensaba este déficit con lo gestual”.
También coincidió con su colega, que lo asistió en años anteriores, con respecto a la motricidad del menor.
En ese sentido dijo que “no podía trepar, aunque si sostenerse agarrado de una pared, pero siempre haciendo pie”.
Además indicó que el niño “carecía de fuerza en sus brazos”.
El dato más importante de esta declaración del terapeuta es que el niño “era sumamente obediente en la mayoría del tiempo y muy precavido en situaciones de riesgo de grado alto”, trascendió de fuentes oficiales.
Hace una semana, el doctor Romero cambió la carátula de la causa, que hasta entonces figuraba como “averiguación de causales de muerte”, imputándole, como se dijo, al padre de la víctima el “homicidio calificado por el vínculo” y a su pareja el de “homicidio simple”.
La cámara ahora tendrá la última palabra, para saber si los sospechosos van o no a la cárcel.
La defensa, una vez que reciba la notificación de la resolución dictada ayer por la jueza Garmendia, tiene plazo de tres días para recurrir a la Cámara de Apelaciones y Garantías, es decir, que la decisión final sobre si hay o no detenciones se podría diferir para la semana próxima”.
El 12 de octubre último, cerca de las 22.30, el papá de la víctima fue encontrado inconsciente en el departamento donde ocurrió la tragedia.
En su momento, los voceros explicaron que “no lo podían ubicar por ningún lado, hasta que recibieron una denuncia por la existencia de un fuerte olor a gas en el séptimo piso del edificio de 9 entre 55 y 56. La Policía rompió la puerta y se encontró con ese terrible cuadro”.
Luego, lo llevaron al Policlínico San Martín, donde, lograron compensarlo.
Este episodio fue tomado en cuenta tanto por el fiscal como por la jueza para ordenar las detenciones .
La defensa de los acusados anoche ya trabajaba en un recurso de apelación
La mamá de la víctima sostuvo desde el primer momento que su hijo no había caído por accidente/archivo
jueza Marcela Garmendia
marcelo romero
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