El SMN y el SNMF incluyeron a La Plata y la Región como zona en alerta por los incendios forestales
El SMN y el SNMF incluyeron a La Plata y la Región como zona en alerta por los incendios forestales
Alarma en un barrio de La Plata por los escorpiones: picó a una mujer, que terminó hospitalizada
Inmobiliario y Patente: ARBA definió el calendario de vencimientos y los descuentos vigentes
La Libertad Avanza volvió a impulsar la Boleta Única de Papel en la Provincia
Cuándo y dónde se venden las entradas para el debut de Estudiantes en Copa Argentina
"Nos casamos": Lali Espósito, Pedro Rosemblat y un anuncio que sorprendió a todos
La confesión “hot” de Cami Homs a días de ser madre con José Sosa: "Dos de siete"
Tras rechazar la oferta inicial, los gremios bonaerenses esperan una nueva convocatoria
El Banco Central hizo la mayor compra de dólares desde la salida del cepo: cayó a $ 1.480 el oficial
VIDEO.- A las trompadas en 7 y 50: siete aprehendidos e investigan si la pelea fue por un robo
VIDEO.- “Sabía que iba a pasar”: se viralizó el beso a la fuerza de Julio Iglesias a Susana Giménez
Alberto Cormillot sufrió un accidente de tránsito: ¿cómo está su salud?
Culatazos en la nuca a un joven: el Bosque, otra vez escenario de un violento asalto
Recibió la noticia más esperada: la emoción del ex Chiquititas Diego Mesaglio
Eliminan aranceles a la importación de celulares: ¿bajarán los precios?
Cambio de quincena: restringen desde mañana el tránsito pesado en las rutas hacia la Costa
Boca vs Millonarios, abre el 2026 con un homenaje a Miguel Russo: formaciones, hora y TV
Ingresaban de contrabando autos de alta gama y luego se los alquilaban a artistas
Sofía “La Reini” Gonet estalló de furia contra Telefe y Corta por Lozano: “Me sentí super humillada”
Cuota alimentaria: un fallo sienta un precedente y redefine el cálculo
Vaticinan que Griselda Siciliani elegirá a otro hombre para olvidarse de Luciano Castro
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Por JOSÉ MARÍA TAU (*)
josemtau@fibertel.com.ar
Las relaciones entre el poder legislador del estado y la moral de una comunidad son materia de la filosofía política. En el siglo XIX un gran jurista alemán, Georg Jellinek, esbozó una teoría que serviría a la Bioética para reconocer en cualquier sociedad éticamente pluralista, la coexistencia de niveles de moralidad. Una ética de mínimos, que reflejaría la moral del hombre común y una de máximos, basada en los ideales individuales de perfección o felicidad no siempre compartidos por los demás.
El Derecho protege la ética de mínimos, obligatoria para todos, orientada por dos principios: no maleficencia (no dañar a otro) y justicia (distribución equitativa de cargas y beneficios) y, en la medida que no vulneren aquellos mínimos, debe respetar la ética de máximos de cada ciudadano (principio de autonomía) y beneficencia (lo que cada uno considera bueno para sí).
En la columna publicada el 29-11-2016 (“Códigos para el aborto y la misericordia”) mostrábamos que si bien es tipificado como delito, según el bloque de constitucionalidad, tratados de derechos humanos y decisiones de nuestra Corte Nacional, el aborto hoy está despenalizado en los casos de violación y grave peligro para la salud de la madre.
La ética de mínimos se expresaría aquí con el deber de respetar la vida y derecho a vivir del no nacido y, la de máximos, en la posibilidad de mantener cada mujer a sus convicciones morales y en tales supuestos continuar con el embarazo.
Recordábamos allí que según el Código Civil la vida de la persona humana comienza con la concepción, pero según el criterio adoptado por la Corte Interamericana al determinarse ésta con la anidación del cigoto fecundado en el útero materno, el derecho humano a vivir es efectivamente reconocido desde la anidación.
LE PUEDE INTERESAR
Una boda a pedir de príncipe
LE PUEDE INTERESAR
Es necesario un nuevo encuadre legal para los clubes de barrio
La despenalización del aborto en determinados supuestos, motivo de frecuente consulta en Bioética, no implica desconocer el derecho de la persona por nacer, sino conciliarlo con otros valores en juego, como la integridad y salud de la persona gestante.
Significaría un avance cualquier ley que los enfocara en el marco del derecho a la salud de la mujer y del feto, fuera del ámbito de la represión penal en el que hoy están confinados.
La agenda mediática se agita estos días con la posible pérdida de estado parlamentario de un proyecto de “Ley de interrupción voluntaria del embarazo, que reproduciría otros presentados y corrieron esa suerte (no tenían la misma redacción, por lo que resultaría falaz esa lista de ex-legisladores en sus “Fundamentos”).
Derogando los artículos 85 inciso 2, 86 y 88 del Código Penal, despenaliza el aborto en los supuestos a los que aludíamos (aunque en términos cuestionables, según podríamos explicar en otra oportunidad), a los que agrega la existencia de malformaciones fetales graves.
Pero -como su nombre lo indica- establece además que toda mujer y persona con capacidad de gestar según la ley de identidad de género “en ejercicio del derecho humano a la salud”, tendrá derecho a decidir voluntariamente la interrupción de su embarazo durante las primeras catorce semanas del proceso gestacional.
Reconoce ese derecho a los adolescentes (13 a 16 años), obliga a facilitar el acceso a los servicios dentro de los cinco días y dispone la cobertura obligatoria de esas prestaciones también por obras sociales y prepagas.
En 2016 se presentó el proyecto (4763-D-2016), más detallado que el anterior, que enuncia como su objeto “garantizar el ejercicio de la salud integral de la persona gestante”, cuyo artículo 8 (“legalización’) confiere derecho para abortar en los mismos supuestos.
Sus Fundamentos inician así: “El presente proyecto de ley pretende saldar una histórica deuda que nuestro país mantiene con el efectivo ejercicio del derecho a la salud por parte de las mujeres, adolescentes, niñas y varones con capacidad de gestar.”
Un tercer proyecto (2492-D-2017) omite supuestos de “despenalización” (sólo alude a la violación para obligar a los profesionales a informar a la mujer su “facultad de denunciar”) y proponele aborto sin límite gestacional alguno. Tiende a garantizar -expresa- “el acceso al derecho humano a la interrupción voluntaria del embarazo” a sola petición de la persona embarazada con prescindencia de su nacionalidad, lugar de residencia y hasta tiempo de permanencia, e impone los mismos deberes a los servicios de salud.
Hasta incorpora al Código Penal, como delito, omitir o demorar esa interrupción (la pena puede alcanzar a jueces) y limita casi hasta suprimir la posibilidad de objeción de conciencia por parte del profesional. Según su artículo 2, en caso de duda interpretativa, “se debe adoptar el principio pro-persona (sic), ampliando el acceso al derecho a la interrupción voluntaria del embarazo”.
Obviamente, el niño por nacer no es allí considerado persona, ni cuenta con protección jurídica alguna. Estaría ya fuera de toda consideración moral.
“Legalizar” el aborto, en estos proyectos, no implica entonces sólo desincriminar, ni ampliar el ámbito de decisión del/la gestante, ni limitar total o parcialmente el derecho a vivir del no nacido. Sino erigirlo además en deber del Estado de cumplimiento obligatorio, con plazos perentorios y financiado por todos. Ojalá puedan debatirse en serio.
( *) Abogado-Vicepresidente de la Asociación Argentina de Bioética Jurídica
ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES
HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS
Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales
¿Ya tiene suscripción? Ingresar
Full Promocional mensual
$690/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $6470
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Acceso a la versión PDF
Beneficios Club El Día
Básico Promocional mensual
$530/mes
*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $4190
Acceso ilimitado a www.eldia.com
Diario El Día de La Plata, fundado el 2 de Marzo de 1884.
© 2026 El Día SA - Todos los derechos reservados.
Registro DNDA Nº RL-2024-69526764-APN-DNDA#MJ Propietario El Día SAICYF. Edición Nro. 6986 Director: Raúl Kraiselburd. Diag. 80 Nro. 815 - La Plata - Pcia. de Bs. As.
Bienvenido
Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
Bienvenido
Estimado lector, con sólo registrarse tendrá acceso a 80 artículos por mes en forma gratuita. Para más información haga clic aquí
DATOS PERSONALES
Ante cualquier inconveniente durante el inicio de sesión, por favor escribanos a sistemas@eldia.com
¿Querés recibir notificaciones de alertas?
Para comentar suscribite haciendo click aquí