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En medio de la polémica por las excarcelaciones de presos violentos, el Procurador Julio Conte Grand planteó que la Suprema Corte de Justicia debería "revocar" el fallo de Casación que habilitó el beneficio de las prisiones domiciliarias por el coronavirus por ser "contrario a la ley". Así lo confirmaron a EL DÍA fuentes de la Procuración, que se expidió a pedido de la Corte en la causa por el hábeas corpus colectivo que dispuso los arrestos domiciliarios.
En la presentación, que se hizo anoche pero que trascendió recién hoy, Conte Grand sostuvo el dictamen del fiscal de Casación Carlos Altuve, quien había ido a la Corte para pedir que se suspenda el fallo de Casación firmado por el juez de ese tribunal Víctor Violini, quien hizo lugar a un hábeas corpus para la excarcelación de detenidos para evitar la propagación de coronavirus en las cárceles.
Conte Grand también consideró ilegal la decisión del camarista Ricardo Borinsky, quien les ordenó a los jueces y tribunales inferiores que cumplieran en forma "urgente" con el fallo de Violini y dispongan los arrestos domiciliarios.
A través del dictamen, el Procurador sostuvo ante la Suprema Corte Provincial el recurso de inaplicabilidad de ley planteado por Altuve contra la decisión de Violini. El Procurador desarrolló argumentos respecto de cada uno de los puntos introducidos en el recurso del fiscal de Casación.
En primer lugar, el Procurador cuestionó la utilización de la distinción entre delitos leves y graves como pauta para adoptar decisiones. "No es una clasificación contenida en el Código Penal y no existe acuerdo doctrinario al respecto", dice el dictamen del titular del Ministerio Público elevado a la Corte.
Además, Conte Grand recogió un argumento deAltuve para recordar que fue el Poder Ejecutivo el que elaboró las listas con detenidos que formaban parte de grupos de riesgo. El Procurador destacó la "gravedad" señalada por el fiscal de Casación "que implica conceder un beneficio a una persona privada de la libertad de modo automático y por el solo hecho de su incorporación a un listado por parte del Poder Ejecutivo". "Ello afecta el sistema republicano y particularmente la división de poderes, al poner en manos del ejecutivo facultades de los poderes legislativo y judicial", dice la presentación del Procurador.
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Ahora, de acuerdo a los plazos establecidos ayer por la Suprema Corte, el defensor general de Casación, Mario Coriolano, tendrá que hacer su propio dictamen "en un plazo de 24 horas".
Ayer, el máximo tribunal bonaerense declaró admisible el recurso de queja presentado por el fiscal de Casación Penal de la provincia, Carlos Altuve, y suspendió provisionalmente el otorgamiento de nuevas prisiones domiciliarias a los detenidos que integran el grupo de riesgo de contraer coronavirus.
En una resolución, el máximo tribunal aceptó tratar el recurso que presentó ayer Altuve para que se revoque el habeas corpus colectivo que habilita otorgar las prisiones domiciliarias, admitido por el juez de la Cámara de Casación bonaerense Víctor Violini en abril último.
En la resolución, firmada digitalmente por los jueces de la Corte Daniel Fernando Soria, Luis Esteban Genoud, Eduardo Julio Pettigiani, Hilda Kogan, Sergio Gabriel Torres y Eduardo Néstor de Lázzari, se dispuso declarar "procedente" la queja deducida por el fiscal ante el Tribunal de Casación Penal y conceder el recurso de inaplicabilidad articulado.
Asimismo, la Suprema Corte declaró que la resolución "suspende los efectos" de la decisión del Tribunal de Casación Penal impugnada.
Altuve recurrió a la queja, luego que el Tribunal de Casación le rechazó el recurso de apelación interpuesto contra el fallo del juez Víctor Violini, quien el 17 de abril hizo lugar a un habeas corpus colectivo presentado por los defensores públicos para que se les otorguen prisiones domiciliarias a presos en peligro de contraer coronavirus.
En ese fallo, Violini dijo que los presos que podrán acceder a ese beneficio deben ser mayores de 65 años, mujeres embarazadas, detenidos con enfermedades preexistentes y que estén involucrados en delitos leves, aunque no hace mención a cuáles son los delitos a los que hace referencia.
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