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La Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata confirmó el proceso, en audiencia oral y pública. A la vez, se sorteó el tribunal
La cámara de apelaciones confirmó el juicio contra Verón / Archivo
Juan Ramón “la Bruja” Verón, quien enfrenta un proceso por “violencia de género”, en una causa iniciada por la denuncia de su expareja, está próximo a ser juzgado en audiencia oral y pública.
La situación del hombre de 77 años, referente del equipo multi campeón de Estudiantes de La Plata a fines de la década de los `60, quedó planteada a través de una resolución de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata.
El tribunal confirmó la elevación del expediente a un Tribunal para la concreción del debate.
Fuentes judiciales le confirmaron a este diario en las últimas horas que -sorteo mediante- las actuaciones quedaron en manos del Tribunal Oral en lo Criminal IV de La Plata.
A la vez, se decidió que el juicio se realice de manera unipersonal, a cargo del juez Penal de La Plata Juan Carlos Bruni, con la intervención de fiscal de Juicio Lucas Domski.
Según indican las actuaciones en esa causa, la investigación se inició por una denuncia que radicó en junio de 2018 Flora Martiello, expareja del hombre a esa altura (tras varios años de convivencia), según indicaron fuentes vinculadas al caso.
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Ese señalamiento derivó en el procesamiento de Verón como presunto autor responsable del delito de “lesiones graves doblemente agravadas”.
En la elevación a juicio se señaló que de las actuaciones surgen evidencias para presumir que el exfutbolista empujó a su exmujer luego de una discusión, generándole lesiones en una de sus manos, que fueron calificadas en la causa, por los peritos como “graves”.
Luego de la confirmación de la elevación a juicio, el juez Bruni ordenó que se notifique a las partes para que “interpongan las recusaciones que estimen pertinentes y manifiesten la posibilidad de celebrar acuerdo respecto de salidas alternativas al juicio oral”, se explica en la resolución judicial.
También se explicó en esa medida que “en caso de que no haya acuerdo previo entre las partes deberán ofrecer las pruebas que pretendan utilizar en el debate y si resulta necesaria la realización de la audiencia preliminar”.
Según establece la normativa procesal, en casos de violencia de género, para que la fiscalía y la defensa acuerden algún tipo de alternativa al debate oral, como por ejemplo, un “juicio abreviado” en el que se acuerda el encuadre legal y la pena, se debe contar con el consentimiento de la víctima, explicaron las fuentes consultadas.
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