

Pasajeros arribando a la terminal internacional de ezeiza/web
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Se prorrogó el DNU con las mismas condiciones de los últimos 15 días. Pero el gran cambio es que podrán ingresar apenas 600 personas por día al territorio nacional, con lo que limitarían mucho los vuelos comerciales
Pasajeros arribando a la terminal internacional de ezeiza/web
El decreto de necesidad y urgencia con las medidas restrictivas que se aplicaron hace 15 días seguirá vigente al menos por dos semanas más. Esta vez no hubo discurso del presidente Alberto Fernández, ni reuniones con los gobernadores o entre los jefes de Gabinete del AMBA antes de adoptar esta decisión. Todavía sin la aprobación de la “ley pandemia” en la Cámara de Diputados, las restricciones que contenía el DNU vigente hasta esta noche se extenderán hasta el viernes 9 de julio, con su publicación en el Boletín Oficial.
El principal cambio será reducir el cupo de personas que puede ingresar por día al país y la cantidad de vuelos que llegan por semana ante la preocupación de que ingresen al país más personas portadoras de la variante Delta de coronavirus. En la actualidad pueden entrar hasta 2.000 personas por día y se pasaría a 600. La decisión de reducir el cupo está tomada, lo que generaría una menor frecuencia de vuelos. Esta disposición no estará incluida en el nuevo decreto sino que será una Decisión Administrativa.
También permanecerá la obligatoriedad de hacer cuarentena durante una semana cuando se llega del exterior, pero existe la posibilidad de que le den la opción al pasajero de hacerlo en una residencia propia y no en un hotel.
La preocupación del gobierno nacional por el ingreso de nuevas variantes de coronavirus desde el exterior se reflejó desde ayer por la mañana en el aeropuerto de Ezeiza donde la Dirección Nacional de Migraciones empezó a repartir folletos con información para los viajeros que arriban a la Argentina. Allí se explica que todos los pasajeros deben cumplir una cuarentena obligatoria de 7 días que será inspeccionada en cualquier momento por autoridades de control en las diferentes jurisdicciones y las sanciones que están previstas si se incumplen esas normas.
La semana pasada Migraciones informó que se habían realizado inspecciones a quienes volvieron del exterior en varios puntos del país y que un 40 por ciento de ellos incumplieron la norma. Por eso se iniciaron acciones judiciales contra 287 personas.
En el mismo sentido se pronunció ayer el ministro de Salud de CABA, Fernán Quirós, en conferencia de prensa, donde remarcó que “cuanto menos gente vuele” al exterior, habrá “menos riesgo” de que ingresen a la Argentina las nuevas variantes de Covid-19. “Es cierto que hay gente que necesita por diferentes motivos circular por diferentes países, entonces lo que tenemos que hacer es el mayor esfuerzo para demorar lo más posible los vuelos al extranjero, y luego cumplir rigurosamente los protocolos cuando vuelvan”, agregó el funcionario porteño.
Con respecto al proyecto de ley para el control de la pandemia, todavía no hubo avances. Fue enviado por el Poder Ejecutivo hace un mes y medio y el oficialismo aún no pudo lograr su aprobación. Pasó el primer filtro en el Senado pero se frenó en la Cámara de Diputados debido a que no consiguieron el acompañamiento necesario para su aprobación. “Massa dijo que tiene los votos para la semana que viene”, repiten en los pasillos de Balcarce 50. En el Gobierno pretendían contar con esa ley para evitar un nuevo DNU pero no lo pudieron concretar. En ese contexto, Fernández decidió renovar el decreto actual por 15 días y volver a poner en valor el semáforo epidemiológico que divide a las ciudades en cuatro categorías: Bajo riesgo, Riesgo medio, Alto riesgo y Alarma epidemiológica.
Dos semanas atrás el Gobierno utilizó la base del DNU 287, que fue el que se publicó el 1° de mayo y que estableció el semáforo epidemiológico. Allí hay tres parámetros sanitarios que marcan el tipo de medidas que deben tomar los gobiernos: la razón (aumento de casos en los últimos 14 días y los acumulados en los 14 días previos); la incidencia (la cantidad de casos promedio sobre el total de la población) y la ocupación de camas de terapia intensiva.
En las ciudades que sigan en “Alarma Epidemiológica” se mantienen suspendidas las actividades sociales, deportivas, recreativas, culturales y religiosas en lugares cerrados y los deportes grupales en espacios abiertos. Los comercios y locales gastronómicos están cerrados entre las 19 y las 6. Las clases presenciales deben quedar suspendidas y la circulación se restringe entre las 20 y las 6.
Las localidades que están en la categoría de bajo riesgo epidemiológico pueden tener una vida protocolizada; las de riesgo medio tienen medidas reguladas por los gobernadores según cada ciudad; mientras que en las de riesgo alto se mantienen suspendidas las actividades sociales en domicilios particulares, reuniones sociales de más de 10 personas al aire libre y deportes en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.
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