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Política y Economía |Lo confirmaron fuentes judiciales bonaerenses

Personas con Covid o aisladas el día de la elección no deberán ir a votar

La medida alcanza a votantes que padezcan la enfermedad, presenten síntomas por coronavirus o sean contacto estrecho

Personas con Covid o aisladas el día de la elección no deberán ir a votar

elecciones de corrientes, el último domingo, marcadas por el covid/efe

3 de Septiembre de 2021 | 03:13
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Las personas que el próximo 12 de septiembre estén contagiadas o aisladas por presentar síntomas (o sean contacto estrecho de pacientes con coronavirus) quedarán eximidas de votar en las primarias abiertas, simultáneas y obligatorias (PASO), tal como confirmaron ayer fuentes judiciales de la Provincia y la ciudad de Buenos Aires.

“Todos los contagiados con Covid-19 tienen prohibición de circular de acuerdo al DNU 494/2021, vigente hasta el 1° de octubre de 2021, lo que les impide ir a votar”, advirtió al respecto el juez federal con competencia electoral en la Provincia, Alejo Ramos Padilla.

En efecto, el decreto presidencial en cuestión rige hasta el primer día del mes próximo, por lo que estará vigente durante el domingo electoral. Allí, en el inciso “g” del artículo 3, se establece que “en ningún caso podrán circular las personas que revistan la condición de ‘caso confirmado’, ‘caso sospechoso’, o ‘contacto estrecho’ de COVID-19, conforme las definiciones establecidas por la autoridad sanitaria nacional, ni quienes deban cumplir aislamiento”.

Por eso también la jueza federal con competencia electoral en la ciudad de Buenos Aires, María Servini, subrayó que quienes se encuentren en esas condiciones el día de la elección “no tienen que ir a votar”, remarcó que “el protocolo que se aplicará en cada escuela fue consultado con el ministerio de Salud de la ciudad” e insistió en que “las personas que contrajeron Covid, que sean contacto estrecho o tengan síntomas deben permanecer aisladas y está justificado que no emitan su voto”.

Puntualmente, el último 25 de agosto la magistrada comunicó a través de un oficio enviado a la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior, a las carteras de Salud y Justicia y Seguridad del gobierno porteño, a la Policía de la Ciudad y al Tribunal Superior de Justicia porteño “que las personas que estén cursando la enfermedad del Covid-19, y/o tengan síntomas compatibles con ella deberán continuar con el aislamiento establecido oportunamente por las autoridades de Salud pública correspondientes y no deberán presentarse a votar, siendo causa suficiente para justificar la no emisión del voto” .

Además, en el mismo oficio la jueza estableció que no deberán presentarse a votar los “electores que fueren contacto estrecho o sean considerados casos sospechosos”, como tampoco aquellos que “deban permanecer aislados”.

Para el caso de que “un elector se presente ante un local de comicio manifestando estar comprendido en alguna de las causales descriptas, no se permitirá su ingreso al establecimiento y el delegado electoral labrará un acta al respecto”, añadió.

Ahora bien, ¿qué ocurriría si una persona con coronavirus o aislada por presentar síntomas o ser contacto estrecho reclama su derecho a votar? “Sería como que una persona con Covid quiera viajar en colectivo esgrimiendo que no puede ser coartada su libertada ambulatoria”, respondieron fuentes judiciales. Por eso, desde la Justicia Electoral aconsejaron a quienes se encuentren en esas condiciones el día de la elección que “no se acerquen a una escuela” porque “no se les permitirá votar, ni esperen que nadie los busque en su casa”.

En unas elecciones primarias atípicas y cruzadas por la extraordinaria contingencia de la pandemia, el protocolo a aplicar en cada jurisdicción es potestad de los 24 jueces federales de primera instancia con competencia electoral, como Servini en territorio porteño y Ramos Padilla en la provincia de Buenos Aires.

 

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