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Con la sanción de la ordenanza "se prohíbe al Estado la práctica de matanzas por cualquier método, la eutanasia y el sacrificio de perros y gatos". Buscan proteger a los animales. Además, dispone la creación de un área en reemplazo de Zoonosis
El Concejo Deliberante aprobó hoy por unanimidad la ordenanza que declara a La Plata como "Municipio no eutanásico de animales", en el marco de una medida con la que se busca "proteger la vida de los animales" y "prevenir los actos de crueldad y maltrato". Según los fundamentos, se intenta impulsar desde la órbita municipal "mayor control de salubridad" y la reproducción con "métodos éticos y legales", con lo cual a partir de la medida se ampliará el programa de castraciones de animales y se facilitará su acceso en la Ciudad.
Según el proyecto que se votó en la sesión de este miércoles "el Municipio es independiente de cualquier otro poder en el ejercicio de las funciones que le son propias en materia de sanidad animal y salud pública". En ese sentido, en su artículo segundo dispone que "se prohíbe en el Municipio de La Plata al Estado la práctica de matanzas por cualquier método, la eutanasia y el sacrificio de perros y gatos".
El documento detalla que "la prohibición alcanza a todo acto que implique la práctica del sacrificio, la eutanasia y matanza de perros y gatos por parte la Municipalidad de La Plata, ya sea en forma directa o indirecta en los casos de tercerización de actividades estatales a través de cualquier persona física o jurídica y con independencia de la denominación que se otorgue a la práctica del sacrificio, matanza, eutanasia o toda actividad que concluya con la vida de los animales protegidos por la presente ordenanza".
Castraciones y centro de atención para animales
Asimismo, establece "como único método ético y eficiente para el control del crecimiento poblacional de perros y gatos, la práctica de la castración quirúrgica gratuita, masiva, abarcativa, sistemática, extendida y temprana de machos y hembras, de especie canina y felina".
En ese sentido, se indicó que "en el acto de la castración se tatuará la letra C o un número identificatorio en el pabellón de la oreja, quedando prohibido todo método invasivo con cualquier fin".
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"En el caso de los gatos ferales (asilvestrados) se podrá realizar un corte en la oreja para identificar a los ejemplares ya castrados de una colonia", agrega.
En cuanto al acceso de las castraciones, la ordenanza indica que "las acciones serán sostenidas en el tiempo, ininterrumpidas durante el año y con horarios accesibles para la población". A su vez dispone que el "servicio será de gratuidad completa y sin excepciones como condición indispensable de sostenimiento del Programa".
"Debe ser gratuito para garantizar el total e irrestricto acceso de la población en términos igualitarios", agrega.
También remarca que "el servicio debe realizarse preferentemente antes del primer celo o la primera alzada, a partir de los 3 meses de edad en perros y gatos".
La medida aclara que "no se impondrán trabas para el acceso al servicio. De ser necesario dar turnos para la atención en la sede, serán telefónicos, por internet o por cualquier otro medio de comunicación y la atención en los barrios se dará por orden de llegada, difundiéndose en ambos casos, sede y barrial, la cantidad de animales a atender diariamente.
Nueva dependencia en reemplazo de Zoonosis
La ordenanza prevé la creación del "Centro Municipal de Salud Animal y Zoonosis (C.M.S.A.Z.) en reemplazo de la actual Dirección General de Zoonosis", cuyo directo tendrá a cargó la función de "supervisar y facilitar el cumplimiento de esta ordenanza, garantizando el carácter de servicio de salud pública con las características establecidas en la norma".
El director del área tendrá bajo su órbita a un "director veterinario que tendrá a su cargo la implementación de las castraciones y atención clínica veterinaria con las características determinadas en la presente ordenanza, formación y capacitación del personal técnico, y el control de las zoonosis"
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