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La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta en todo el país de tres marcas de aceite de oliva y una de azúcar, tras detectar irregularidades en el etiquetado y la fabricación de los productos, luego del revuelo que ayer generó la medida contra un lote de la reconocida pasta dental Colgate.
Según se publicó este miércoles en el Boletín Oficial, los productos involucrados son los aceites de oliva de las marcas Los Ayllos y Olivares del Rey, ambos de Córdoba, y Valle de Tunuyán, de Mendoza. También quedó prohibida la comercialización del azúcar Dulzura, que se vendía como “azúcar común tipo A” y tenía como origen declarado la provincia de Tucumán.
En el caso del aceite Los Ayllos, una denuncia de un consumidor alertó inconsistencias en el rótulo. La investigación determinó que la razón social no existe formalmente, que la planta donde supuestamente se elaboraba el producto no está en funcionamiento y que los registros sanitarios (RNE y RNPA) correspondían a otros fabricantes. Por eso, se concluyó que el producto estaba falsamente rotulado y sin trazabilidad, lo que impide su venta tanto en tiendas físicas como online.
Una situación similar ocurrió con Olivares del Rey, cuyo número de RNE impreso en el envase no existe, mientras que el RNPA pertenece a otro alimento. Además, la supuesta planta fraccionadora en Cruz del Eje, Córdoba, no estaba habilitada ni coincidía con los datos declarados.
Por su parte, la marca mendocina Valle de Tunuyán fue denunciada por la firma Almazara S.A., que alertó sobre el uso no autorizado de su número de RNE. El Instituto Nacional de Alimentos (INAL) verificó que el RNPA declarado tampoco existía.
Finalmente, el azúcar Dulzura fue prohibido tras una denuncia de un consumidor y al comprobarse que el producto estaba falsamente rotulado. Frente a eso, se ordenó la prohibición de su elaboración, fraccionamiento y comercialización.
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La ANMAT prohibió una conocida pasta dental
Como se informó, ayer la ANMAT estableció mediante la Disposición 5126 la prohibición del uso, distribución y comercialización en todo el territorio nacional de una crema dental. Se trata de la crema dental anticaries con flúor “Colgate total clean mint”, en todas sus presentaciones y tamaños, cuyo titular es la firma Colgate Palmolive Argentina S.A. Es por eso que se ordenó el retiro del producto del mercado.
Esta medida obedece al creciente número de eventos adversos reportados por consumidores argentinos, el cual llegaba a 19 casos recabados por la empresa mencionada hasta el 7 de julio de 2025 y dos casos recibidos por Cosmetovigilancia de la ANMAT hasta 15 de julio de 2025.
Como antecedente, existe un elevado número de supuestos casos de eventos adversos asociados al uso del producto, recibidos por parte de la empresa en Brasil, el que, de acuerdo a lo informado por la misma empresa, llegaría a 11.441, recabados desde su lanzamiento en julio de 2024 hasta el 18 de junio de 2025. La medida fue tomada luego de las investigaciones, por lo que se realizó el retiro voluntario de todas las unidades por parte de la empresa en dicho país.
Finalmente se canceló su comercialización ya que la ANMAT comenzó a recibir reportes asociados a fenómenos de irritación e inflamación del tejido de la cavidad oral, tales como ampollas, aftas, ardor, hinchazón y dolor, entre otros.
Como se recordará. el pasado 13 de junio, la ANMAT ya había instado a la población a reportar efectos adversos vinculado al uso de cremas dentales. Desde entonces se empezaron a recibir reportes que incluían distintos síntomas, entre ellos “irritación e inflamación del tejido de la cavidad oral, tales como ampollas, aftas, ardor, hinchazón y dolor, entre otros”, según el organismo. La pasta dental afectada importada en Argentina comparte exactamente la misma fórmula y planta de origen que la comercializada en Brasil, lo que fundamenta el alcance territorial de la medida.
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