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La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Quilmes, a través de su Sala 2, resolvió apartar al juez Fernando Sarrias de la causa vinculada al barrio privado Hudson Park, ubicado en la localidad de Hudson, partido de Berazategui. La medida se tomó al hacer lugar a una recusación con causa presentada por la empresa Sociedad Fiduciaria Hudson Park S.A., lo que implica que el voluminoso expediente, marcado por denuncias de irregularidades inmobiliarias, pase ahora a la órbita del Juzgado Civil y Comercial N° 9 del mismo departamento judicial, a cargo de la jueza María del Carmen Campodónico.
La decisión del tribunal de alzada de Quilmes se fundamentó en el planteo realizado por la firma demandada en diciembre de 2025, donde se invocó la figura de prejuzgamiento contemplada en el artículo 17 inciso 7 del Código Procesal Civil y Comercial. Según la resolución de la Cámara, el magistrado ahora apartado habría vertido afirmaciones que comprometieron la apariencia de imparcialidad necesaria para llevar adelante el proceso. La empresa fiduciaria sostuvo en su presentación que el juez Sarrias emitió juicios de valor que anticipaban conclusiones sobre la responsabilidad de la administración y sus directivos, mencionando presuntas irregularidades, posibles desvíos de fondos y situaciones de afectación al patrimonio fiduciario antes de que estas fueran debidamente probadas en el juicio.
Previamente, el juez Sarrias había tomado medidas de fuerte impacto en el desarrollo del barrio, como la suspensión del trámite del expediente en relación con otra causa caratulada como “Gebhard Irene s/ intervención judicial (genérica)”. En dicho marco, se había ordenado una intervención judicial del emprendimiento y la remoción provisoria de la fiduciaria Hudson Park S.A., disposiciones que luego fueron revocadas por la propia Cámara al considerar que la intervención había caducado por no haberse iniciado el proceso principal en los plazos legales correspondientes.
Uno de los puntos más sensibles de la intervención del magistrado saliente fue la imposición de una prohibición total para vender o alquilar cualquier propiedad dentro de Hudson Park. Esta medida cautelar se había adoptado en un contexto de investigaciones paralelas por presuntas estafas relacionadas con la venta duplicada de lotes, una situación que mantiene en vilo a numerosos compradores. Con el traslado de la causa al Juzgado Civil y Comercial N° 9 de Quilmes, la jueza María del Carmen Campodónico será la encargada de determinar la continuidad, modificación o levantamiento de estas restricciones inmobiliarias que afectan directamente al emprendimiento de Berazategui.
El tribunal quilmeño remarcó que, si bien la recusación es una medida de carácter excepcional, en este caso particular las expresiones del magistrado sobre la administración del barrio privado configuraron el escenario de prejuzgamiento. A partir de esta notificación, la nueva titular del juzgado deberá retomar el trámite de un conflicto judicial complejo que combina disputas por la administración fiduciaria con denuncias penales por fraude en el desarrollo inmobiliario.
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