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El juez Luis Federico Arias ordenó un recálculo de los cuadros tarifarios a las empresas Edelap, Edesa, Edeasa y Eden S.A.
La Justicia Contencioso Administrativa de la Plata suspendió hoy el aumento de las tarifas de cuatro de las empresas distribuidoras de energía eléctrica que prestan el servicio en la provincia de Buenos Aires, entre ellas Edelap.
La medida fue dictada por el juez Luis Federico Arias al hacer lugar a una demanda del colectivo Acción en la Subalternidad contra una resolución del gobierno de María Eugenia Vidal, que aumentó las tarifas eléctricas entre un 100 y un 215%.
La ONG había sostenido que ese incremento tarifario “nunca fue debatido en audiencias públicas”.
En consecuencia, el magistrado ordenó un recálculo de los cuadros tarifarios a las empresas Edelap (Empresa Distribuidora de Energía La Plata S.A.), Edesa ( Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A.), Edeasa (Empresa Distribuidora de Energía Atlántica S.A.) y Eden S.A. (Empresa Distribuidora de Energía Norte S.A.).
“Las citadas empresas deberán emitir nuevas facturas con sujeción a lo dispuesto en el presente despacho cautelar”, sostuvo Arias en su resolución.
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El Colectivo de Acción en la Subalternidad se presentó contra el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires y las empresas mencionadas. Se solicitó como medida cautelar que se suspenda la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios para la distribución del servicio público de energía.
En ese marco, se solicitó que se ordene a las empresas demandadas que se abstengan de aplicar la nueva tarifa a los usuarios del servicio público, efectuar una nueva liquidación y emitir nuevas facturas. Para el caso de que la nueva facturación no fuera emitida antes de los sucesivos y periódicos vencimientos, se pidió que la empresa admita el pago del servicio según el cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento establecido.
En la presentación se plantea que los usuarios se ven forzados a pagar en forma desproporcionada una tarifa de la que no han tenido, como ciudadanos consumidores, posibilidad de ser escuchados.
En la sentencia el juez Arias señala que “previo a la entrada en vigencia de un nuevo régimen tarifario para un servicio público esencial y monopólico, se requiere insoslayablemente la realización de una audiencia pública, que permita el conocimiento e información adecuada por parte de los usuarios afectados, de modo de conocer si la tarifa propuesta por el concesionario es justa y razonable y, en su caso, poder ejercer los reclamos administrativos o judiciales pertinentes, por cuanto no se puede impugnar aquello que se desconoce”.
Primer amparo integral para frenar el tarifazo
En la justicia federal de San Martín, un grupo de jóvenes abogados presentó una acción de amparo para frenar los aumentos en los servicios públicos.
Los letrados realizaron la presentación en representación de un grupo de empresarios y clubes de barrio afectados por el desmedido incremento de las tarifas. Este resulta el primer amparo integral, que cuestiona los aumentos tanto de luz, gas y agua, solicitando una medida cautelar de no innovar e incluye además a sectores diversos, como son el las empresas y asociaciones civiles.
El recurso recayó en el Juzgado Federal de la doctora Martina Isabel Forns, y es de las primeras medidas que se presentan para frenar el tarifazo. El documento exige retrotraer todas las tarifas a antes de las resoluciones del Poder Ejecutivo, el Ministerio de Energía y Minería y de la Secretaria de Servicios Hídricos, además de solicitar a la jueza que establezca lugar y fecha para audiencia pública. Este amparo busca impedir la aplicación de la nueva tarifa en los servicios, que impacta en gran parte de la actividad económica y social.
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