Estimado lector, muchas gracias por su interés en nuestras notas. Hemos incorporado el registro con el objetivo de mejorar la información que le brindamos de acuerdo a sus intereses. Para más información haga clic aquí

Enviar Sugerencia
Conectarse a través de Whatsapp
Temas del día:
Buscar
Información General |La normativa vigente y sus antecesoras

La polémica en la historia: excepciones a la norma y un proyecto presentado siete veces

El histórico debate que se viene en el congreso marcará un antes y un después en la problemática del aborto en el país

La polémica en la historia: excepciones a la norma y un proyecto presentado siete veces
25 de Febrero de 2018 | 05:22
Edición impresa

El proyecto que se dispone a debatir el Congreso fue presentado siete veces desde el año 2007 y nunca llegó a debatirse en el recinto. Es por eso que la decisión del Gobierno de darle luz verde a ese debate se considera histórica.

Y también se espera que marque un antes y un después el debate en el que se discutirán posiciones que son conocidas en la larga historia de la legislación referida al aborto en la Argentina.

Al repasar esa historia, la Fundación Huésped recuerda que el primer Código Penal, de 1896, penalizaba todos los casos de aborto, sin excepción alguna.

La primera reforma del Código llegó en 1903 y establece la primera salvedad: “los casos de tentativa de interrupción del embarazo no serían punibles”.

A nivel nacional el marco legal que rigió el tema a lo largo de los años fue el artículo 86 del Código Penal, de 1921, que estableció excepciones a la punibilidad del aborto: a) en caso de peligro para la vida de la mujer; b) en caso de peligro para la salud de la mujer; c) en caso de violación; d) en caso de atentado al pudor de mujer “idiota o demente”.

La Corte Suprema marcó hito con su fallo sobre el aborto por violación, que resolvió que las mujeres violadas, sean “normales o insanas” (de acuerdo al fallo), pueden interrumpir un embarazo sin autorización judicial previa ni temor a sufrir una posterior sanción penal, eximiendo de castigo al médico que practique la intervención. Una de las principales impulsoras de este fallo fue Carmen Argibay, jueza de la Corte, quién se manifestó abiertamente a favor del aborto.

La Legislatura porteña aprobó en septiembre de 2012 una ley que reguló el acceso al aborto no punible en la ciudad de Buenos Aires, -que fue vetada por Mauricio Macri, en aquel entonces Jefe de Gobierno- que se sancionó a tono con un fallo de la Corte Suprema, que había determinado en marzo de ese año que las mujeres víctimas de una violación pueden practicarse un aborto sin autorización judicial.

La norma fue aprobada por la Legislatura porteña luego de un duro debate, por 30 votos a favor y 29 en contra y estableció también que los profesionales de la salud tienen derecho a ejercer su objeción de conciencia. No obstante, Mauricio Macri, en aquel año jefe de Gobierno porteño, vetó la ley.

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE

+ Comentarios

Para comentar suscribite haciendo click aquí

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

HA ALCANZADO EL LIMITE DE NOTAS GRATUITAS

Para disfrutar este artículo, análisis y más,
por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Básico Promocional

$135/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $2590

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional

$190/mes

*LOS PRIMEROS 3 MESES, LUEGO $3970

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme
Ir al Inicio
cargando...
Básico Promocional
Acceso ilimitado a www.eldia.com
$135.-

POR MES*

*Costo por 3 meses. Luego $2590.-/mes
Mustang Cloud - CMS para portales de noticias

Para ver nuestro sitio correctamente gire la pantalla