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Entre confusiones y polémica sobre desde cuando se aplica el gravamen, el Gobierno la publicó en el Boletín Oficial cerca de las 17:30. Tuvo un solo veto parcial pero no el que había anunciado más temprano Alberto F.
El gobierno nacional publicó finalmente ayer por la tarde la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Boletín Oficial, sancionada el sábado por el Congreso, por lo que ya comenzaron a regir sus cambios en materia financiera, previsional, tarifaria, energética, sanitaria e impositiva, entre otras modificaciones en el marco de la Emergencia Pública.
Ya promulgada entró en vigencia el 30 por ciento de recargo impositivo a la compra de dólares, entre otras medidas contempladas en la ley. Fue después de una jornada de confusiones para los que querían comprar los 200 dólares para ahorro, paquetes turísticos u otras compras en el exterior porque la ley estípula que ese 30 por ciento se empezaba a cobrar desde la publicación de la norma en el Boletín. Y eso fue alrededor de las 17:30. De ahí la polémica: ¿las compras anteriores a ese horario de la divisa estadounidense implica el pago del impuesto?. Un detalle que no tuvo explicación oficial.
La reglamentación incluye un único “veto parcial” del presidente Alberto Fernández relativo a las regalías que deben pagar los productores de hidrocarburos, que ahora tributarán sobre el monto de producción, una vez descontadas las retenciones a la exportación.
Puntualmente, la modificación se hizo sobre el artículo 52 de la ley y elimina el párrafo que establecía que “en ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras”.
En un primer momento, la Cámara de Diputados había establecido que la producción de hidrocarburos pagarían sobre su facturación total, sin descontar el derecho de exportación, lo que volvía muy gravosa la carga impositiva sobre un sector que el Gobierno pretende expandir.
Ayer al mediodía, durante un brindis con los empleados de la Casa Rosada, Fernández había anticipado que la ley se publicaría “con un veto parcial”, pero habló del artículo 8, para excluir a empresas medianas del régimen moratorias a los aportes patronales, y no sobre el 52. “En Diputados, creo que fue Carlos Heller, quien incluyó a empresas dentro de las beneficiadas con la moratoria. Son empresas más grandes de lo que habíamos previsto: son empresas medianas”, sostuvo Fernández, lo que había prever el cambio que, finalmente, no se dio.
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La reglamentación fue finalmente efectivizada con la publicación del decreto 58/2019, que lleva la firma tanto del presidente Fernández como del resto de los ministros que integran su gabinete.
El proyecto oficial fue convertido en ley por el Senado en la madrugada del sábado, con 41 votos a favor, 23 en contra y una abstención y, el viernes, también a la madrugada, había sido aprobada por la Cámara de Diputados por 134 votos a favor y 110 en contra.
La ley contempla una serie de cambios en las facultades que tiene el Poder Ejecutivo para administrar el Estado en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social.
Entre otros aspectos plantea una reestructuración del cuadro tarifario de la energía, tanto para hogares como para empresas, utilizando “criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva”.
Asimismo, establece planes de regularización de deudas para las pequeñas y medianas empresas, suspende la aplicación de la movilidad jubilatoria por 180 días -tiempo en el que se discutirá una nueva fórmula y que se aplicarán aumentos por decreto- y, como se dijo, aplica un 30 por ciento de impuesto a la compra de dólares para atesoramiento al uso de tarjetas de crédito y débito en moneda extranjera.
A su vez, fija un tope del 33 por ciento para los derechos de exportación de soja, un 15 por ciento para el maíz y un 5 por ciento para bienes industrializados de economías regionales, mientras que para los hidrocarburos y la minería el techo es de 8 por ciento.
Además, establece nuevas alícuotas al impuesto de Bienes Personales, así como a la venta de automóviles y elimina la imposición de cargas a las ganancias obtenidas con instrumentos financieros en pesos (bonos o plazos fijos).
También autoriza otorgar por decreto aumento salarial a los privados. Pero ayer trascendió que en el Ejecutivo el objetivo que se acuerden en paritarias y a cuenta de futuros incrementos.
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