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Ley de Emergencia: Alberto quitó una frase que llevó alivio a petroleras

Ley de Emergencia: Alberto quitó una frase  que llevó alivio a petroleras
24 de Diciembre de 2019 | 12:36

El flamante presidente Alberto Fernández vetó del articulo 52 de la Ley de Emergencia Económica, (la cual contiene 88 incisos), un fragmento que alcanzaba al precio del crudo y a las retenciones y que hacía pagar más regalías a compañías petroleras.

Este articulo establece en ese sentido que "en el marco de las facultades acordadas al Poder Ejecutivo nacional mediante los artículos 755 y concordantes de la ley 22.415 (Código Aduanero) y sus modificatorias, se podrán fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar en ningún caso el treinta y tres por ciento (33%) del valor imponible o del precio oficial FOB".

El mismo señala que "las alícuotas de los derechos de exportación para hidrocarburos y minería no podrán superar el ocho por ciento (8%) del valor imponible o del precio oficial FOB. En ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras". 

A través de esta normativa el Poder Ejecutivo nacional podrá ejercer estas facultades hasta el 31 de diciembre de 2021.

El artículo en cuestión y sobre el cuál actuó el presidente Fernández sostiene que “en ningún caso el derecho de exportación de hidrocarburos podrá disminuir el valor Boca de Pozo para el cálculo y pago de regalías a las provincias productoras’".
 
Para el mandatario, tal como estaba redactado el artículo no sólo se contradecía lo establecido en la Ley de Hidrocarburos sino que se desalentaba el desarrollo de las inversiones para generar una balanza comercial superavitaria. 

La Ley de Hidrocarburos dispone en su artículo 56 inciso C, apartado I que: “Las regalías se deben pagar por el monto percibido”, con una retención de 8% sobre un valor de 100  que implica pagar sobre  el 92 que percibirá la industria, pero la norma fijaba que debía sobre el valor antes del impuesto a la exportación. 

Esta "oración" fue quitada por decisión presidencial y, a partir de ello, las exportaciones hidrocarburíferas deberán pagar según el valor neto de venta al exterior, una vez descontadas las retenciones. 

Por eso el veto de Fernández trajo alivio al sector petrolero.  Sucede que el secretario de energía Sergio Lanziani hizo saber que de no modificarse la redacción del art 52 se  perdería la competitividad contra los yacimientos no convencionales de los Estados Unidos que podría  derivar en una reducción de las inversiones proyectadas.  

Fue así que se activo el  veto presidencial a través  del ministro Kulfas. En Casa Rosada son optimistas en que a corto plazo es posible que la industria tenga la capacidad de aumentar sus exportaciones. 

El presidente Alberto Fernández decretó, de este modo, la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Económica por la cual se aumentaron impuestos sobre los Bienes Personales, se determinaron retenciones sobre las exportaciones,  y facilidades de pago de deudas tributarias a las Pymes y un tipo de cambio solidario, con un recargo de 30% sobre todas las operaciones de compra, ahorro y pago de consumos en dólares por parte de las personas humanas.

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