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Reiteraron que la situación de superpoblación en las cárceles es insostenible. Recomiendan valorar la gravedad de los delitos cometidos a la hora de aplicarlas
La Suprema Corte bonaerense les aconsejó a los jueces penales unificar y reforzar los criterios de cómo y cuándo se debe aplicar la figura de la prisión preventiva a personas detenidas, con el fin de descomprimir la preocupante situación de hacinamiento carcelario en la provincia de Buenos Aires.
El máximo tribunal provincial, encabezado por Eduardo De Lázzari, emplazó en la sede del Instituto de Estudios Judiciales de La Plata, a magistrados del fuero penal de todo el ámbito provincial a una reunión “obligatoria” dirigida a abordar con urgencia los aspectos fundamentales de la problemática existente y elaborar cursos de acción en lo inmediato.
En este marco, de Lázzari hizo referencia a la Resolución 3341 del pasado 11 de diciembre, en la que se calificó como “insostenible” la actual situación y abordar un principio de solución al actual cuadro de situación que atraviesa el Servicio Penitenciario bonaerense.
Con el objetivo de unificar criterios sobre qué tipos de delitos serán considerados a la hora de evaluar las prisiones preventivas, fuentes judiciales precisaron que “las pautas de uso racional de prisión preventiva tiene fundamento obviamente en el tipo de delito, en lo que prevé el Código (que explica en que supuestos aplicarla) y la jurisprudencia”. El presidente de la Corte trazó lineamientos de actuación “para que los apliquen al momento de resolver los pedidos de prisiones preventivas solicitados, sin perder de vista la particularidad de cada personas en conflicto legal”.
De la reunión, presidida Eduardo de Lázzari, participaron los ministros Daniel Soria, Luis Genoud, Hilda Kogan, Eduardo Pettigiani y Sergio Torres, los jueces deCasación Penal de los 19 departamentos judiciales y autoridades del Colegio de Magistrados y del Colegio de Abogados.
La Corte ya había dicho que las condiciones de los presos “tienden a agravarse en función de la elevada tasa de detenidos, el uso inadecuado de la prisión preventiva, las modificaciones en el Código Penal y las leyes procesales, siendo todo ello susceptible de generar responsabilidad internacional del Estado argentino”.
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