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El Gobierno autorizó a los empleadores a emitir los comprobantes de esa manera, aunque también podrán continuar haciéndolo en papel
El Gobierno nacional autorizó a los empleadores a emitir recibos de pago de sueldos o cualquier otra remuneración a su personal en forma digital, a través de resolución 346/2019 del ministerio de Producción publicada hoy en el Boletín Oficial.
La misma estableció que “los empleadores podrán optar por emitir, indistintamente, recibos de pago en concepto de salarios u otras formas de remuneración al personal en relación de dependencia en formato papel o digital”.
Asimismo, precisó que cualquiera sea el formato en que se emitan, deberán cumplir con los requisitos exigidos por la Ley de Contrato de Trabajo, y subrayó que en caso de optarse por recibos de pago digitales, el empleador deberá arbitrar los medios necesarios a efectos de que los mismos sean firmados digitalmente, tanto por él como por el trabajador.
“Sin perjuicio de ello, el trabajador podrá optar por firmar en disconformidad”, aclaró la normativa, que señaló que el sistema utilizado deberá contemplar la posibilidad de que el trabajador pueda salvar sus recibos de haberes digitales, así como guardar copia de ellos, en los términos y condiciones establecidos por la ley.
La Ley de Contrato de Trabajo detalla las exigencias requeridas respecto de los recibos de pago en concepto de salarios u otras formas de remuneración, aplicables para cualquiera de los formatos en los que éstos se emitan.
El artículo 138 de la ley establece que todo pago en concepto de salario u otra forma de remuneración deberá instrumentarse mediante recibo firmado por el trabajador, como condición esencial de todos los actos extendidos bajo forma privada con motivo del contrato de trabajo.
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