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En julio, la canasta básica de alimentos trepó un 6,3% mensual, ubicándose por encima de la división alimentos medida en el IPC (fue del 6%). En agosto, el rubro continúa evidenciando una tendencia alcista y le suma presión al nivel general de inflación, que se ubicaría nuevamente por encima del 6%.
En este contexto de subas de precios, y según un informe detallado de Infobae, se destacan los aumentos esperados en los servicios de electricidad y gas para los usuarios que pierdan los subsidios, más otros autorizados en los rubros regulados, como medicina prepaga.
El sendero de aumentos de los servicios públicos de los próximos meses dependerá de cuándo comiencen a retirarse los subsidios para los usuarios de mayor poder adquisitivo, los que no se hayan anotado en el registro y los que excedan los topes de consumo subsidiado (cuyos detalles en el caso del gas aun no fueron oficializados).
Segmentación de tarifas
Según los anuncios del Gobierno el pasado 16 de agosto, la quita de subsidios a los servicios de electricidad y gas natural se comenzaría a aplicar en septiembre, aunque las empresas aun no cuentan con los nuevos cuadros tarifarios.
La eliminación de subsidios para el gas y la electricidad dependerá del nivel de ingreso de los hogares y se dará en tres etapas: un 20% en septiembre, 40% en noviembre y 40% en enero del año próximo. Será para los usuarios de más poder adquisitivo y los que no se hayan inscripto en el registro para mantener el beneficio.
Según lo anticipado en conferencia de prensa por los funcionarios de la Secretaría de Energía, la quita de subsidios se da por tres niveles en el caso de los consumidores residenciales: los usuarios de ingresos altos (nivel 1) pierden todo el beneficio; los de ingresos bajos (nivel 2) los mantienen en pleno; y los de ingresos medios (nivel 3), solo tendrán una tarifa recortada mientras el consumo mensual no supere los topes establecidos.
Para la electricidad, el tope es de 400 kwh (que aumenta a 550 kwh en caso de zonas sin Gas Natural) y en gas por el 70% del volumen promedio de cada categoría de consumo, con diferencias según zonas geográficas. Se calcula que un cuarto de los usuarios del segmento medio podrían exceder esos parámetros.
Prepagas
A través de la Resolución 1293/2022, publicada a fines de junio, el Ministerio de Salud aprobó un Indice de Costos de Salud, que contempla la evolución de rubros como recursos humanos, medicamentos e insumos médicos.
Ese índice podrá ser utilizado por las empresas de medicina prepagas para aplicar aumentos a sus usuarios. Al 30 de junio, el índice varió 11,34% y volverá a calcularse a fines de agosto y en octubre. Luego, las empresas tienen 30 días para aplicar el aumento resultante a sus clientes, que lo verán reflejados en las cuotas de octubre y diciembre, respectivamente.
Alquileres
Este septiembre se aplicarán los aumentos anuales para los inquilinos que hayan firmado contratos en septiembre de 2020 -segunda actualización anual prevista- o el año pasado, en septiembre de 2021.
El ajuste se debe calcular en base a el Índice de Contratos de Locación (ICL), que publica el BCRA en su página oficial, y que contempla en partes iguales la variación de la inflación (según el IPC que mide el Indec) y de los salarios, de acuerdo con la remuneración promedio de los trabajadores estables (Ripte) que informa el Ministerio de Trabajo.
Según los valores vigentes, para un contrato iniciado en septiembre de 2021 se debe aplicar una actualización anual de 64,6%. Por ejemplo, un inquilino que hasta ahora pagaba $45.000 mensuales de alquiler pasará a pagar a partir del mes próximo 74.100 pesos.
Expensas
Según anticiparon los funcionarios de la Secretaría de Energía, los consorcios de los edificios no recibirán subsidios por los gastos comunes de electricidad, lo que tendrá impacto en el valor de las expensas.
Desde este mes, los trabajadores de edificios reciben un bono de $134.000 que se pagará en siete cuotas y que tendrá impacto en la liquidación de gastos del consorcio.
Estacionales
Adicionalmente, se sumarán los clásicos aumentos por cambio de temporada de ropa; y de los productos frescos de estación, junto a las variaciones que surjan en las negociaciones que habitualmente mantienen las empresas de la alimentación con las autoridades de la Secretaría de Comercio; y los bienes y servicios que están vinculados con la variación de dólar oficial y alternativos en el mercado financiero.
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