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La Comisión Nacional de Valores (CNV) aprobó hoy un límite de 100 mil nominales semanales para la venta de valores negociables de renta fija nominados y pagaderos en dólares emitidos bajo ley local y extranjera con liquidación en moneda extranjera, en el segmento de negociación PPT.
La medida, que entrará en vigencia mañana cuando la Resolución General 971 se publique en el Boletín Oficial, implica que la operación máxima semanal de títulos públicos con liquidación en dólares -como son el GD30 o AL30, por ejemplo- será de unos 40 mil dólares.
Según señalaron a Télam fuentes oficiales, el monto es "muy superior" al ticket promedio de las operaciones de compra de dólar MEP que a diario realizan miles de personas, que ronda los US$ 3.000.
El objetivo, añadieron, es reducir la volatilidad del mercado financiero y su impacto sobre el normal funcionamiento de la economía, para así acompañar los esfuerzos por evitar desequilibrios en los llamados dólares financieros y desalentar movimientos especulativos.
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"Todo ello sin afectar a la gran mayoría de las personas que realizan esta operatoria de forma genuina", aseguraron las fuentes.
La resolución no tiene plazo límite de duración y se aplicará para cada subcuenta comitente, para el conjunto de subcuentas comitentes de las que fuera titular o cotitular un mismo sujeto y para el conjunto de las operaciones con liquidación en moneda extranjera.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso hoy una reducción del 25 al 5 por ciento en la alícuota del adelanto de Bienes Personales para las compras con tarjeta de crédito o débito de bienes y servicios efectuados en el exterior que superen los 300 dólares mensuales.
De esta forma, el tipo de cambio del llamado "dólar turista" pasará a ser de $657,9, en lugar de los $731 por dólar que había que pagar hasta hoy, correspondientes a la suma del tipo de cambio oficial ($365,5) más el 30% del impuesto PAIS, el 45% de Impuesto a las Ganancias y el 5% de adelanto de Bienes Personales.
Así lo dispuso a través de la Resolución General 5403 mediante la cual la AFIP modifica la Resolución General 4815 de septiembre de 2020, que estableció un régimen de percepción del impuesto a las ganancias o del impuesto sobre los bienes personales, que se aplica sobre las operaciones alcanzadas por el “Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS), denominado también "dólar Qatar".
De esta manera dispone la reducción desde el 25% actual hasta el 5% la alícuota dispuesta en el inciso C del artículo 5° de la Resolución 4815 que refiere a las operaciones iguales o superiores a los 300 dólares para los casos de cambio de divisas realizados por entidades financieras para el pago de la adquisición de bienes o prestaciones y locaciones de servicios efectuadas en el exterior, que se cancelen mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y débito.
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