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Un primer llamado de atención de la Justicia, que podrán ser más

Un primer llamado de atención de la Justicia, que podrán ser más
Mariano Pérez de Eulate

Mariano Pérez de Eulate
mpeulate@eldia.com

4 de Enero de 2024 | 02:01
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El presidente Javier Milei recibió ayer el primer revés judicial a su proyecto de dar vuelta a la Argentina como una media, con formas un tanto osadas y criticadas por sectores de la oposición. La Justicia le dijo que hay cosas que no se pueden hacer con la prepotencia de un Decreto de Necesidad y Urgencia. En la política en general y en La Libertad Avanza en particular barruntan que no será el único parate que desde Tribunales le pongan al kilométrico DNU que propuso el mandatario, cuyo contenido sigue en su mayoría vigente.

La Cámara Nacional del Trabajo dictó una medida cautelar que suspende la aplicación del capítulo laboral del decretazo 70/2023. Una mayoría integrada por la jueza Andrea García Vior y el juez José Alejandro Sudera hizo lugar a un amparo presentado por la CGT. El consuelo módico para el Gobierno fue que la jueza María Dora González sostuvo que la causa debe ser girada a la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal para que sea ese fuero el que defina el tema.

Es improbable que en el oficialismo no se vieran venir una decisión de este tipo desde la justicia laboral. Los juristas de Milei obviamente sabían que modificar legislación por decreto en algún momento no pasaría el filtro de Tribunales. Igual el Presidente jugó fuerte, probablemente para dejar sentado lo que él pretende en materia laboral (su lógica, debatible, es que los cambios mejorarán el clima de inversiones y eso generará más trabajo) y ahora tiene un responsable para señalar si las modificaciones no pueden aplicarse: la corporación judicial y los gremios.

El gobierno, de todos modos, apelará el fallo seguramente con el argumento de que debe abordarlo el fuero Contencioso Administrativo, que es lo votado por la jueza González y es una línea que ya adelantó el Procurador del Tesoro, Rodolfo Barra.

La resolución judicial de ayer, en algún punto, fortalece a la CGT, que ya anunció que hará un paro nacional el miércoles 24 de este mes. De medio día, pero paro al fin. El primero de la era Milei. El fallo por supuesto fue celebrado en la calle Azopardo. Algunas fuentes sindicales aseguraban anoche que, con este revés judicial, el Presidente estará obligado a negociar políticamente con los gremios cierta actualización de la legislación laboral, algo a lo que los sindicalistas estarían dispuestos pero preservando preceptos históricos que consideran intocables.

los puntos clave

Hay cuatro puntos para destacar del fallo de la Cámara Nacional del Trabajo.

Uno: el argumento central que usó para voltear el capítulo laboral del DNU -el reclamo gremial sólo se ceñía a eso- es que no están acreditadas ni la necesidad ni la urgencia del decreto para justificar que se eluda al Congreso, que es el poder del Estado que saca las leyes. Los cambios que establece el DNU son muchos e importantes en la materia y el Parlamento puede permitirse el tiempo de debatirlos, dijo el tribunal.

Dos: los camaristas revocaron un fallo de la semana pasada del juez laboral de primera instancia José Ignacio Ramonet, que se había negado a conceder la medida cautelar interina promovida por la CGT con el argumento de que en ese momento todavía no estaba vigente el decreto 70/23. La Cámara entendió que ese argumento no tiene la “importancia” suficiente como para rechazar conceptualmente la cautelar. El decreto empezó a regir el 30 de diciembre, dicen los jueces.

Tres: el voto escrito por el juez Sudera, al que adhirió García Vior, cita jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. “Consideraciones genéricas expuestas en los considerandos de los Decretos de Necesidad y Urgencia resultan inhábiles para justificar el dictado de medidas legislativas por parte del Poder Ejecutivo Nacional”, dice el fallo de ayer.

Con sólo mirar la tele, en el oficialismo hubieran sabido que esto pasaría. Porque apenas dictado el DNU el presidente de la Corte, Horacio Rosatti, explicó con todo detalle cómo debería pararse la Justicia frente a esa medida del Ejecutivo. Fue en el programa del periodista Carlos Pagni, en LN+. Ayer los camaristas, palabras más o menos, escribieron eso mismo.

Cuatro: los jueces se permitieron mandarle un mensaje directo a Milei citando ideas de Juan Bautista Alberdi y su concepto de libertad y republicanismo. Se sabe que el Presidente es un confeso admirador de uno de los padres de la Constitución de 1853 y, de hecho, su propuesta filosófica es “volver” a esas ideas.

La cita de Alberdi

“¿Hay ejemplo de pueblo alguno sobre la tierra que subsista en un orden regular sin gobierno alguno? No; luego tenéis necesidad vital de un gobierno o poder ejecutivo. ¿Lo haréis omnímodo y absoluto, para hacerlo más responsable, como se ha visto algunas veces durante las ansiedades de la revolución? No; en vez de dar el despotismo a un hombre, es mejor darlo a la ley. Ya es una mejora el que la severidad sea ejercida por la Constitución y no por la voluntad de un hombre. Lo peor del despotismo no es su dureza, sino su inconsecuencia, y sólo la Constitución es inmutable. Dad al poder ejecutivo todo el poder posible, pero dádselo por medio de una constitución”, citaron los jueces a Alberdi en referencia a la lógica republicana.

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