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Los secundarios bonaerenses sufrirán un cambio significativo en 2025 con las nuevas disposiciones educativas. Las modificaciones en la actualización del nuevo Régimen Académico (RA) de la Escuela Secundaria, que se hizo oficial mediante la Resolución Nº 1650/24 y entrarán en vigencia el próximo ciclo lectivo, están siendo informadas por las escuelas para poner en conocimiento a los padres de los alumnos.
El ministerio de Educación implementa el llamado "RA" para organizar la vida escolar y así planificar la enseñanza, pero también apunta a la convivencia, la evaluación y la asistencia entre otro tipo de cuestiones.
Estas son las modificación del nuevo Régimen Académico que empiezan a regir desde el próximo año:
- El ciclo lectivo se organiza en dos cuatrimestres.
- La cursada de las materias serán calificadas por cuatrimestre. Con las Valoraciones TEA/TEP/TED. Luego una calificación numérica final al cierre de la cursada. Esta se registrará al momento en que la materia haya sido aprobada y acreditada o al cierre del ciclo lectivo, sea que la materia haya sido aprobada o quede pendiente de aprobación y acreditación.
- Se entregará una Valoración Preliminar a mediados de cada cuatrimestre (mayo-octubre) comunicando los avances de los aprendizajes de acuerdo a las valoraciones TEA/TEP/TED.
- Se agregan tiempos de intensificación y de profundización de la enseñanza y el estudio al comienzo y al final de cada cuatrimestre.
- La aprobación y acreditación pasa a ser por materias en lugar de la promoción por año. Las materias aprobadas no se recursan.
- Las materias no aprobadas se intensifican o recursan según corresponda.
- La materia estará aprobada y acreditada cuando se tenga los dos cuatrimestres aprobados.
- Cuando la materia no esté aprobada, se deberá participar de los períodos de intensificación de la enseñanza (diciembre y/o febrero /marzo).
- En cuanto a una materia pendiente de aprobación y acreditación, refiere a la materia cuyos saberes no fueron aprobados al finalizar los períodos de intensificación de febrero/marzo del ciclo lectivo.
- El estudiante podrá tener hasta 4 (cuatro) materias pendientes de aprobación y acreditación al finalizar el período de intensificación de la enseñanza y el estudio de febrero /marzo del ciclo lectivo. Es decir, podrá pasar de año con 4 materias pendientes de aprobación, las cuales deberá intensificar durante el siguiente ciclo lectivo, de acuerdo al modelo definido por la institución.
- Cuatro (4) materias es la cantidad máxima de materias a intensificar por ciclo lectivo.
- En el caso que el estudiante tenga más de 4 materias pendientes de aprobación y acreditación (por ejemplo 5 o 6 materias), cuatro (4) materias podrán aprobarse y acreditarse en los períodos de intensificación; las restantes se deberán recursar.
- La nota mínima para aprobar y acreditar las materias sin instancia de intensificación será 7 (siete).
- La nota mínima para aprobar materias en período de intensificación (materias pendientes de aprobación y acreditación) será de 4 (cuatro).
- El recursado de la materia se desarrollará durante el año completo. Durante un ciclo lectivo se podrá cursar hasta 12 materias. Para los estudiantes que se encuentran cursando de 2° a 5°, deben priorizarse la materias a recursar. Los estudiantes que tengan todas sus materias pendientes de aprobación y acreditación de un mismo año al finalizar el período de intensificación de febrero/marzo, deberán recursarlas todas. Vale destacar que en el caso de recursar una materia en el mismo turno, impide cursar alguna materia (una o dos) del año que continua, ya sea por superposición horaria o porque se supera el límite de 12 materias anuales.
- Para los estudiantes que se encuentran cursando 6° año, se priorizarán las materias que deban ser cursadas por primera vez. Tras finalizar 6° año las materias pendientes de aprobación y acreditación tendrán períodos de intensificación y luego deberán presentarse en Comisiones Evaluadoras a partir del mes de abril del año siguiente al egreso.
- Se modifica el régimen de asistencia. La cantidad de inasistencias permitidas será de 28 inasistencias. Se deberá cumplimentar con el 75% de asistencia a las clases efectivamente dadas por materia. Los estudiantes deberán intensificar las materias que correspondan, resultado de la aplicación del cómputo de asistencia por materia.
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