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La nueva norma se destaca por la baja en la edad de imputabilidad a 14 años
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El Gobierno nacional promulgó la Ley Nº27.801, conocida como el nuevo Régimen Penal Juvenil, mediante decreto 138/2026 publicado hoy en el Boletín Oficial. Entre las modificaciones principales se destaca la baja en la edad de imputabilidad, a los 14 años, acompañada por la creación de un nuevo régimen de penas graduadas. Este esquema contempla tanto la edad del menor como las particularidades del contexto en el que se cometió el delito.
Durante el periodo de sesiones extraordinarias del 27 de febrero, el Senado aprobó la iniciativa con una votación con 44 votos positivos y 27 negativos. Así, La Libertad Avanza (LLA) logró un nuevo triunfo legislativo.
Bolivia, Chile, Colombia, Paraguay, Perú, Venezuela y República Dominicana tienen fijada la edad de imputabilidad en 14 años, mientras que Brasil, Ecuador, Costa Rica, El Salvador y Panamá inician en los 12 años. En ambos casos, el tratamiento de los niños y jóvenes que cometen delitos se basa en impartir medidas socioeducativas que priorizan su reinserción en la sociedad.
Originalmente, el oficialismo había impulsado el proyecto que fijaba la edad de imputabilidad en los 13 años. Sin embargo, en el marco de una compleja "negociación parlamentaria" con los bloques dialoguistas, el Poder Ejecutivo aceptó elevar el piso a los 14 años con el objetivo de destrabar el consenso político y garantizar los votos necesarios para la media sanción en la Cámara de Diputados.
Con esta modificación, el Gobierno se aseguró el respaldo de aliados estratégicos como el PRO y la UCR. Desde estos espacios señalaban que el límite de los 14 años representaba un punto de equilibrio más sólido, alineando la legislación local con los estándares de la mayoría de los países de la región.
La norma crea un sistema penal juvenil especializado para adolescentes de entre 14 y 18 años, con órganos judiciales y centros de alojamiento diferenciados de los de adultos. Se establece expresamente la prohibición de convivencia entre menores y detenidos mayores.
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El régimen incorpora principios de legalidad, proporcionalidad y excepcionalidad de la privación de libertad, y prioriza la reinserción social. También garantiza el derecho de los adolescentes a ser escuchados, a contar con defensa desde el inicio del proceso y a la participación de sus familias.
En los casos de delitos con penas de hasta 3 años, y de 3 a 10 años sin resultado de muerte o lesiones graves, se prevén sanciones como prisión domiciliaria, tareas comunitarias, reparación económica, restricciones de circulación o prohibición de conducir.
Para delitos graves (como homicidios, robos violentos, abusos sexuales o secuestros) la pena máxima se fija en 15 años de prisión, por debajo del tope anterior de 20 años.
La ley contempla además la creación de institutos especializados, con personal capacitado en infancia y adolescencia, y la implementación de programas educativos, laborales y recreativos.
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