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Por PEDRO DAMIÁN DIEGO
Columnista de la agencia EFE
La criminalización del aborto en Argentina es un drama social que seguirá en debate tras el rechazo por parte del Senado del proyecto de ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, que antes había aprobado la Cámara de Diputados.
Argentina sigue con una legislación en materia de aborto muy restrictiva, marcada por un Código Penal que data de 1921 y que contempla cuatro supuestos de interrupción voluntaria del embarazo.
En un entorno social en el que el aborto figura como principal causa de mortalidad materna en más de la mitad de las 23 provincias argentinas (en la práctica estados federados a los que hay que sumar la Ciudad Autónoma de Buenos Aires), hoy es de muy difícil aplicación lo previsto en el Código Penal, debido a la objeción de conciencia de los profesionales sanitarios y a las trabas del sistema.
Las cuatro posibilidades de interrumpir el embarazo contempladas en el Código Penal, siempre y cuando lo practique un médico, son el peligro para la vida de la mujer, el riesgo evidente para su salud (en ambos casos si no existe tratamiento), la violación y el atentado contra el pudor de mujeres enfermas mentales.
La Corte Suprema de la Nación aclaró en 2012 que no es necesaria una autorización judicial para la realización del aborto legal en caso de violación y determinó que es suficiente una declaración jurada por parte de las víctimas que se acojan a este supuesto.
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Asimismo, exhortó a las autoridades públicas de todo el país a remover todas las barreras administrativas o fácticas con protocolos hospitalarios para la atención de abortos no punibles.
Frente a esta difícil situación, el proyecto rechazado en el Senado, que modificaba dicho Código Penal en todo lo referente al aborto, garantizaba el derecho a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo con el solo requerimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana catorce, inclusive, del proceso de gestación.
A partir de la décimo quinta semana, garantizaba el derecho de la mujer o persona gestante a acceder al aborto voluntario en el caso de embarazo producto de una violación, con el solo requerimiento y la declaración jurada “de la mujer o persona gestante” ante el profesional de salud interviniente.
También se garantizaba si estuviera en riesgo la vida o la salud “de la mujer o persona gestante”, considerada como derecho humano y si se diagnosticara la inviabilidad de vida extrauterina del feto.
Asimismo, permitía la objeción de conciencia individual de los profesionales de salud, pero no de las instituciones médicas que se negasen a practicar abortos, a cuyas autoridades obligaba a garantizar la realización de la interrupción voluntaria del embarazo.
Actualmente, más de la mitad de las provincias del país aún no cuenta con una normativa que asegure, de modo efectivo, el ejercicio de este derecho en los cuatro supuestos de aborto determinados en el Código Penal.
Un problema añadido a la hora de tomar determinaciones sobre esta delicada situación es la falta de cifras fiables sobre interrupciones clandestinas de embarazos y muertes provocadas por estas prácticas.
Datos de la Dirección de Estadísticas e Información de Salud (SEIS), aportados por Amnistía Internacional (AI), señalan que, durante los últimos 30 años, las complicaciones derivadas de abortos practicados en condiciones de riesgo fueron la primera causa de mortalidad materna y representaron casi un tercio del total de esos fallecimientos.
Las cifras disponibles revelan que las mujeres argentinas están expuestas, al quedar embarazadas, a riesgos desproporcionados e impropios de una sociedad avanzada, de tal forma que en 2014 un total de 290 mujeres perdieron la vida por causas relacionadas con el embarazo, frente a 243 en 2013 y 258 en 2012.
La cuarta parte de ellas fallecieron por causas obstétricas indirectas, lo que revela que gran parte no tuvo la posibilidad o la suerte de abortar en aplicación de lo previsto en el Código Penal para la causa de salud.
Estimaciones de 2006, indicaban que en Argentina se practicaban entre 370.000 y 522.000 abortos clandestinos al año y que en los hospitales públicos se contabilizaban 53.000 ingresos anuales por abortos, de los cuales sobre el 15 por ciento correspondieron a adolescentes y niñas menores de 20 años y alrededor del 50 por ciento a mujeres de entre 20 y 29 años.
El proyecto, que por años fue impulsado sin éxito por fuerzas de izquierda y grupos feministas, comenzó a debatirse en el Congreso en 2018 después de que el presidente del país, Mauricio Macri, dejara en libertad de conciencia a los parlamentarios del frente gobernante Cambiemos.
De haber salido adelante, Argentina hubiera pasado a formar parte de los casi 60 países que permiten el aborto voluntario, en su mayoría situados en el hemisferio norte del mundo, a excepción de Uruguay, Australia y Sudáfrica.
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