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La procuradora fiscal ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Laura Monti, sostuvo ayer que al máximo tribunal no le corresponde intervenir en la acción de amparo promovida por Cambiemos para que se suspenda la consulta popular convocada por el gobernador de La Rioja, Sergio Casas, para habilitar su segunda reelección al frente del ejecutivo provincial.
Por su parte, Casas, cuestionó el planteo de dos diputados nacionales de Cambiemos ante la Corte para frenar la consulta popular en esa provincia para modificar la Constitución provincial y habilitar la reelección del mandatario y los acusó de buscar “sustituir la voluntad popular”.
La fiscal Monti opinó que el máximo tribunal del país es “ajeno” al conflicto por la reforma constitucional en La Rioja y rechazó que tenga “competencia originaria” en el tema, en un dictamen.
Con la opinión de la Procuración -que no es vinculante- la Corte quedó en condiciones de resolver si acepta entender en la demanda y dicta una medida cautelar para suspender la consulta popular prevista para este domingo 27, o envía el caso a la Justicia riojana, como postuló Monti. El objetivo de la consulta popular convocada por Casas es testear la posibilidad de habilitar una enmienda constitucional que le permita una nueva reelección al frente del Ejecutivo local.
“Considero que el pleito, en el que se cuestiona la validez de normas locales por considerarlas contrarías a la Constitución provincial, en relación con una cuestión (…) se rige por el derecho público local, lo cual impide la tramitación de la causa ante los estrados de la Corte en su instancia originaria”, sostuvo Monti.
“Así lo pienso, pues el asunto a resolver se relaciona con el procedimiento jurídico político de organización de dicho Estado provincial, es decir, con un conjunto de actos que deben nacer, desarrollarse y tener cumplimiento dentro del ámbito estrictamente local”, remarcó
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“Entiendo que las cuestiones esgrimidas deben tramitar ante la justicia de la Provincia de La Rioja, puesto que el respeto del sistema federal y de las autonomías provinciales exige que sean los magistrados locales los que intervengan en asuntos de esa naturaleza”, amplió.
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