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El Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) y la Secretaría de Energía eliminaron los criterios de exclusión de la Tarifa Social del Gas establecidos en el anterior gobierno y que dejaron -afirman- a 61.000 usuarios fuera del beneficio entre julio de 2019 y marzo de 2020.
Así lo indicó el Enargas en un comunicado, en el que informó que el 30 de julio último solicitó a Energía readecuar los criterios de inclusión y exclusión vigentes en la Tarifa Social.
Por su parte, el secretario de Energía, Darío Martínez, solicitó el lunes último a la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) que proceda a dejar sin efecto las limitaciones impuestas desde noviembre de 2020, respetando únicamente los criterios de elegibilidad y exclusión válidamente establecidos en la normativa vigente sobre Tarifa Social.
Asimismo, y en concordancia con la sugerencia efectuada por el Enargas, se recomendó difundir un "Modelo de Gestión Unificada Ventanilla Única Social", como vía exclusiva para tramitar el beneficio de Tarifa Social.
El régimen que implementó el Registro de Beneficiarios de la Tarifa Social tiene como objetivo brindar ayuda a usuarias y usuarios en situación de vulnerabilidad socioeconómica, que cumplan con los criterios de inclusión definidos en la normativa, a través de una bonificación del 100% del precio del gas sobre un bloque de consumo máximo determinado en la facturación del servicio.
Este año el interventor del Enargas, Federico Bernal, confirmó que la ex Secretaría de Energía, a cargo de Gustavo Lopetegui, solicitó a la Anses en julio de 2019 la incorporación de criterios de exclusión adicionales a los establecidos en 2016 por el exministro de Energía Juan José Aranguren.
Estos criterios provocaron que 61.000 beneficiarios y beneficiarias fueran excluidos de la Tarifa Social entre julio de 2019 y marzo de 2020.
En contrapartida, con la decisión adoptada por el actual secretario de Energía para el reingreso de los beneficiarios excluidos de la Tarifa Social, éstos deberán solicitar nuevamente el beneficio a través de la Ventanilla Única de la Anses.
Aquella decisión administrativa de Lopetegui, de incorporar criterios de exclusión adicionales a los establecidos por el ex Ministerio de Energía, buscaba que sean aplicados en el cruce de la información que la Anses debe realizar.
Así se debían incorporar la verificación de la titularidad de otro medidor en las relaciones familiares declaradas ante ese organismo, y el proceso de control de derecho mensual.
La verificación de la titularidad de otro medidor en las relaciones familiares declaradas ante Anses, significaba que, si un integrante de la familia era informado por la licenciataria de distribución como titular de otro suministro, constituía una causal de exclusión del beneficio.
Ante esta situación, el Enargas solicitó la eliminación del criterio de exclusión por multimedidor, por no encontrarse dentro de la normativa mencionada anteriormente.
Por su parte, el proceso de control de derecho mensual requería que la Anses verificara todos los meses que él o la titular del servicio incorporado al Registro de Beneficiarios, no incurriera en un criterio de exclusión, motivo por el cual, la cantidad de beneficiarios decrecía mes a mes.
Por ejemplo, en el caso de cobro de un bono, un adicional por presentismo u horas extra, se producía a la exclusión del beneficio y, en consecuencia, el usuario debía tramitar el ingreso nuevamente.
A propósito de esto, el Enargas solicitó la vigencia del beneficio por un año, sin someter al beneficiario a controles mensuales.
El organismo subrayó que "estos criterios no se encontraban alineados con los fines perseguidos con el dictado de la Ley 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, a fin de lograr entre otras cosas la reestructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva, propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares".
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