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Cuando la medicina no alcanza a curar y los jueces deben resolver

Cuando la medicina no alcanza a curar y los jueces deben resolver

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JOSÉ MARÍA TAU *

3 de Febrero de 2021 | 01:28
Edición impresa

 

La excesiva juridificación y judicialización de la medicina es uno de los efectos no queridos de la Bioética Clínica y su crítica al paternalismo médico.

Por muchos motivos los jueces son llamados a intervenir en cuestiones suscitadas en la atención médica. Al interpretar o suplir un vacío de la ley, facultan o autorizan determinada conducta.

Ante el fin inevitable

Todos estamos destinados a morir. Con mayor probabilidad un paciente de 93 años con COVID-19, en el que no dieron resultado los tratamientos y llegó a un compromiso pulmonar severo. A veces el propio paciente, o su familia, deciden “pelearla”. Ensayar con su médico un tratamiento no habitual, en experimentación, que -en un supuesto así, y ante la insuficiencia de la medicina-, asume carácter “compasivo”.

La Declaración de Helsinki de la Asociación Médica Mundial, contempla, hace más de 50 años, que “cuando en la atención de un paciente las intervenciones probadas no existen u otras intervenciones conocidas han resultado ineficaces, el médico puede, con el consentimiento del paciente o familiar, permitirse usar intervenciones no comprobadas, si, a su juicio, ello da alguna esperanza de salvar la vida, restituir la salud o aliviar el sufrimiento”. Sólo exige el consejo de experto, que sean luego investigadas a fin de evaluar su seguridad y eficacia, esa información se registre y oportunamente ponga a disposición del público.

El Código Civil vigente desde 2015, para investigar con seres humanos previó determinados requisitos, aunque de muy difícil cumplimiento en casos en los que el motivo principal de la acción no sería obtener conocimiento, sino mitigar la situación del paciente grave irrecuperable.

Más se complica si el profesional tratante no es del plantel de la clínica -muy paqueta, ubicada en Barrio Norte a metros de la Facultad de Medicina y uno de los hospitales más importantes del país- e intenta inocularle un producto (Dióxido de cloro) cuya efectividad para el COVID está actualmente muy controvertida y la autoridad sanitaria, si bien no lo prohibió, informó en agosto que “no cuenta con estudios que demuestren su eficacia y no posee autorización alguna por parte de este organismo para su comercialización y uso”.

¿Podía el juez denegar la autorización? Insisto: no se trataría de “ordenar” una terapéutica nueva, sino permitir el uso compasivo de esa sustancia e ibuprofenato de sodio.

Dado que el tratante era cirujano -sin revalidar últimamente su especialidad- ¿debió haber exigido la opinión sobre los riesgos? Podía ser, pero tampoco Anmat considera, entre los efectos adversos del producto, el riesgo de muerte. Tampoco se trataba de un raticida. ¿y quién sería hoy el “experto”?

¿Y la opinión de un Comité de Bioética? También. Pero la situación era de extrema urgencia.

El tratamiento fue autorizado y el paciente falleció.

Sería de gran utilidad pública saber si fue consecuencia inmediata de esas sustancias -según se informó, inicialmente habrían producido mejoría del oxígeno en sangre- o una infección que comprometería otras responsabilidades ¿Quién lo decidirá?.... Otros jueces.

Pero tanto énfasis en denunciar al médico -allanaron su consultorio y secuestraron historias clínicas- y acusar al juez ante el Consejo de la Magistratura de “mala praxis judicial”, permite sospechar cierta sobreactuación de las entidades médicas, no exclusivamente motivada en esa muerte anunciada.

Lo único cierto hoy es la incertidumbre

Casi todos estamos desconcertados y crispados, cuando no deprimidos, por este virus, sus olas epidemiológicas y mutaciones. Hay demasiados miedos.

Necesitamos certezas, serenidad y consensos ante la falta de voces autorizadas. Y no creo ayude el estrépito mediático cuando no se justifica, o puede eventualmente enmascarar intereses no necesariamente comprometidos con el bienestar general.

Claro que los jueces se extralimitan más allá del objeto de la “litis”. Un tribunal peruano acaba de pronunciarse sobre los responsables de lo que considera “plandemia global”. Y es innegable el abuso de los amparos judiciales en materia de salud.

Pero con motivo de las críticas a la actuación de la justicia en intervenciones como ésta, no pude evitar evocar a Groucho Marx.

Interrogado sobre la vida, la comparaba con un hotel 5 estrellas, en el que dos huéspedes se acercan al Conserje y uno de ellos le dice: “La comida en este hotel es muy mala”; y el otro agrega: “además se sirve en porciones muy chicas”.

* Abogado. Vicepresidente de la Asociación Argentina de Bioética Jurídica

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