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Está acusado por haberle dado muerte a un hombre en City Bell, tras una pelea por una situación vial. El caso ocurrió en 1999
Alejo Alonso (derecha) rumbo a la sala de audiencias. Le notificaron que el juicio se hace / dolores Ripoll
“Una jornada extensa y con grandes exposiciones de parte de la defensa, la acusación y el tribunal”. Así describió una fuente judicial a la actividad que se desarrolló ayer en la sede penal de la calle 8 entre 56 y 57, por el juicio contra Alejo Alonso, quien está acusado por una muerte ocurrida hace más de 22 años en City Bell, tras una discusión de tránsito.
Muy temprano por la mañana, los abogados Alfredo Gascón y Miguel Molina, quienes representan al imputado, enviaron de manera electrónica seis planteos con los que intentaron frenar la prosecución del debate.
Insistieron con el planteo de prescripción (extinción de la acción por el paso del tiempo) que está pendiente de resolución en la Suprema Corte de Justicia bonaerense; suspensión del debate por falta de plazo razonable; aplicación del instituto del juicio por jurado; nulidad de los actos autorizados por la jueza Cecilia Sanucci, anteriores a su reciente excusación, por entenderlos carentes de valor legal; recusación al juez Ramiro Fernández Lorenzo y un pedido para que se declare desierto el proceso por no haberse ofrecido prueba.
Sin embargo, después de un cuarto intermedio de varias horas, los integrantes del Tribunal Oral en lo Criminal I de La Plata decidieron la validez del juicio, en base a la decisión del Tribunal de Casación provincial para que se dicte un nuevo pronunciamiento por el caso.
Se llama debate de censura, luego de la casación positiva, en la que se ordenó -en 2013- determinar las circunstancias que no formaron parte del aquel veredicto, como la calificación legal, agravantes y atenuantes y el monto de pena.
En esas circunstancias, las partes fueron llamadas a partir del próximo 7 de abril, en la que se retomarán las audiencias.
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Cabe destacar que hubo un momento de extrema tensión cuando la fiscal de juicio, María Victoria Huergo, requirió la detención de Alonso, al entender, en base a lo dictaminado por los magistrados del TOC I (Hernán Decastelli, Ramiro Fernández Lorenzo y Claudio Bernard), que el proceso terminaría con la aplicación de una condena, a la que solo le falta conocer su extensión.
De todas formas, como el acusado siempre estuvo a derecho, el planteo no tuvo favorable acogida.
La víctima, Gaspar Argentino Ayala (40), murió el 25 de diciembre de 1999 después de haber sido golpeado en forma “demoledora y devastadora”, tras un conflicto vial suscitado en el cruce de las calles 13 y 21A.
Los forenses concluyeron que el autor “tendría que ser un karateca o alguien especializado en el arte de golpear”.
Si bien Ayala llegó a su domicilio luego de esa gresca, murió cuando estaba recostado sobre una cama.
En un preciso y extenso alegato, la fiscal Langone, acusó a Alonso, citando uno a uno los testigos que lo ubicaron en la escena de los hechos, con las apreciaciones de cada uno de ellos, algunos también víctimas de los golpes.
Alejo Alonso purgó condena de 14 años de prisión por el recordado crimen del repartidor de pizzas, Adrián Santana, que fue ejecutado de varios disparos en la esquina de las calles 12 y 38, en la noche del 23 de octubre del año 2000.
En un primer momento se especuló con que pudo atropellarlo un auto que escapó, pero los vecinos contaban a quien quisiera oírlos que ellos habían escuchado varias explosiones, como disparos.
Los forenses les dieron la razón: Santana recibió seis balazos, cinco de los cuales ingresaron en la axila, en la espalda y en uno de los glúteos, y otro en el tórax. Este último fue el letal.
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