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La Justicia Civil de La Plata hizo lugar a una demanda por daños y perjuicios contra una agencia de viajes por la “cancelación unilateral” de un paquete turístico a una familia de La Plata, que en 2018 tenía previsto tomarse unos días de descanso en Punta Cana, República Dominicana, pese a que ya había embolsado varias de las cuotas correspondientes al plan de pagos acordado.
El fallo, del Juzgado Civil y Comercial N° 14, a cargo de Nicolás Jorge Negri, está fechado el 27 de abril pasado y entendió que la demandada, Despegar.com.ar S.A., incumplió con varias de las obligaciones a su cargo.
La causa es la número 58.952 y se inició en febrero de 2020 ante la “pretensión resarcitoria derivadas del incumplimiento contractual incurrido por la demandada Despegar.com.ar S.A., en infracción a la ley 24.240 (Ley de Defensa del Consumidor)”, según señaló el magistrado.
Los actores, que habían realizado otros viajes con el mismo operador, sin problemas de ninguna naturaleza, tenían un usuario registrado y vinculado a una dirección de correo electrónico, que se utilizó para perfeccionar el nuevo contrato.
A la fecha de la presentación, según recalcaron al iniciar la acción, “el consumidor no tenía forma de acceder a información telefónica por medio de un operador (persona humana), si antes no adquiría el producto en la plataforma. Es por ello que, toda la información con la que contaba el usuario/consumidor era la proporcionada a través de la publicidad de la página oficial”.
Concretada la operación, el 21 de agosto de 2018, recibieron por mail la correspondiente factura y los vouchers para el viaje, con los datos de los vuelos, las compañías aéreas y los hospedajes reservados.
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Se supo que los accionantes pagaron el costo del servicio contratado con tarjeta de créditos en 12 cuotas y, cuando ya habían cancelado varias de ellas, el 27 de febrero de 2019, se enteraron que el paquete turístico había sido cancelado, sin recibir de parte de Despegar.com.ar S.A. explicaciones de ninguna naturaleza.
Precisamente, en el incumplimiento del deber de información, el juez Negri fundó su sentencia condenatoria, de casi medio millón de pesos.
También le achacó “falta de trato digno” y la “rescisión unilateral incausada del contrato de turismo”.
Por todo ello, en atención a que “la calificación y encuadramiento de la problemática aquí traída dentro del denominado ´microsistema´ del derecho del consumidor, al quedar comprendidos tanto los contratos de organización como los de ´intermediación´ de viaje”, el magistrado obligó ahora a que Despegar.com.ar S.A. indemnice a los damnificados por los perjuicios sufridos, los mayores gastos incurridos al tener que contratar un paquete turístico con otra empresa, la disminución de los límites de disponibilidad de las tarjetas de crédito utilizadas y daño moral, todo más intereses y las costas del proceso.
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