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La Cámara Federal porteña ordenó revisar un fallo de la jueza María Servini de Cubría, que cerró el caso por considerarlo prescripto
el comedor de la policía federal, tras el atentado montonero
El 2 de julio de 1976, en los primeros meses de la última dictadura militar, la organización armada Montoneros concretó el que a la fecha se recuerda como uno de sus mayores atentados. Una historia que incluyó mucho derramamiento de sangre cuando poco antes de las 2 de la tarde de aquella jornada otoñal una bomba preparada en La Plata (ver aparte) y colocada en el comedor de la Superintendencia de Seguridad Federal provocó la muerte de 24 personas: tres oficiales de la Policía Federal, veinte suboficiales y una mujer civil, además de 60 heridos. La investigación de esos hechos fue cerrada el año pasado por decisión de la jueza María Servini de Cubría. Pero ayer, la Sala I de la Cámara Federal porteña anuló aquella resolución y le ordenó a la magistrada analizar y responder los planteos de reapertura de un grupo de organizaciones civiles y 400 abogados que solicitan que el caso sea declarado imprescriptible.
Contra la persistente negativa de Servini de Cubría a reabrir la causa por considerarla prescripta, los camaristas Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Mariano Llorens entendieron que el fallo de la jueza “contiene vicios trascendentes que lo afectan como acto jurisdiccional válido” porque “no satisface los estándares de motivación exigidos por la ley”.
Además, advirtieron que la magistrada no consideró “el planteo sobre el posible apoyo de Estados y organizaciones extranjeras que tuvieron las personas implicadas” ni analizó “la eventual calificación de crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra” del ataque perpetrado en la dependencia policial ubicada en la calle Moreno 1431 de la Capital Federal. Y que tampoco revisó si, más allá del paso del tiempo, debe tratárselo como un “caso de grave violación a los derechos humanos”, como el de la AMIA. Esta consideración a la que aluden los camaristas podría ser la puerta de entrada para volver a investigar los hechos sin declararlos crímenes de lesa humanidad.
La decisión de la Cámara Federal, como se dijo, va contra la resolución adoptada por Servini de Cubría en noviembre pasado, cuando rechazó la solicitud de reapertura de la investigación y juzgamiento de los responsables del atentado.
El fallo de ayer recuerda que la jueza rechazó los pedidos como querellantes de la Asociación de Abogados por la Justicia y la Concordia, la Asociación “Defensores de Derechos Humanos de Latinoamérica” y tres personas en condición de víctimas, quienes entonces apelaron la resolución de Servini de Cubría.
También sostiene que fueron acusados por el ataque los exmiembros del grupo armado, Mario Firmenich (a la cabeza), Marcelo Kurlat, Horacio Verbitsky, Laura Sofovich, Miguel Ángel Lauletta, Norberto A. Habegger y Lila Victoria Pastoriza.
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En tanto que el autor material del ataque fue identificado como José María Salgado, alias “Pepe”, un joven agente de policía de 21 años que también estudiaba Ingeniería Electrónica en la Universidad de Buenos Aires y tenía una activa militancia en Montoneros, que ya actuaba en la clandestinidad.
Salgado, que más tarde terminaría destrozado en una sala de torturas de la ESMA (y cuyo nombre hoy tiene una placa en el Parque de la Memoria porteño), ingresó el día programado al edificio policial llevando en un maletín la bomba compuesta por 9 kilos de TNT y bolillas de acero, colocó el artefacto explosivo en una silla que cubrió con un abrigo, luego activó el detonador de tiempo y se retiró. Veinte minutos después -según lo que consta en la apelación judicial- se produjo la explosión.
Ese mismo 2 de julio de 1976, Montoneros calificó la misión como “un hecho de guerra”.
Para los querellantes “no se trata de un hecho aislado, sino que se enmarca en los numerosos actos de terrorismo llevados adelante por Montoneros”.
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