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Argumentó que ya se había pronunciado en la causa de la “Ruta del dinero K”. La defensa de la Vice recusó a los otros dos camaristas
Cristina Kirchner
En forma sorpresiva, uno de los jueces de la Cámara Federal de Casación Penal que debía revisar la condena a la vicepresidenta Cristina Kirchner en la llamada causa Vialidad se excusó ayer de intervenir, según confirmaron fuentes judiciales. Argumentó que ya había opinado sobre el caso al resolver en otra causa, la denominada “Ruta del dinero K” en la que se investigó lavado de dinero y por la que fue condenado el empresario Lázaro Báez.
Se trata del juez de la Sala IV del máximo tribunal penal del país, Javier Carbajo. Precisamente, cuando confirmó la condena a Báez en la causa por lavado de dinero había sostenido que ese hecho tenía como delito precedente el supuesto direccionamientos de la obra pública que se juzgó en el caso Vialidad y en el que ahora estaba llamado a intervenir.
Los otros dos jueces de esa sala son Mariano Borinsky y Gustavo Hornos. De todos modos, ayer al mediodía los abogados que representan a la exmandataria, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, recusaron a los tres jueces de la Casación que integran la sala que debe intervenir en la revisión de la condena a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos.
La defensa de la vicepresidenta recusó a Carbajo por haber adelantado su opinión sobre el tema, mientras que a los jueces Hornos y Borinsky porque ya intervinieron en la causa y por supuesta “falta de independencia y parcialidad” a partir de que trascendió que mantuvieron encuentros sociales con el expresidente Mauricio Macri cuando se desempeñaba al frente del Poder Ejecutivo.
Por lo pronto, Borinsky y Hornos ahora deben decidir si aceptan el apartamiento de su colega Carbajo. Eso sería la semana próxima. Si lo aceptan, deberá sortearse un tercer juez.
En Tribunales se espera una suerte de “guerra” de recusaciones. Es que la defensa de la expresidenta quiere que la apelación de su condena a seis años de prisión e inhabilitación para ejercer cargos públicos la aborde un sala de Casación con una integración totalmente distinta a la actual, a la que consideran hostil.
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“Es mi obligación legal inhibirme de continuar interviniendo en el presente proceso (CFP 5048/2016) para no comprometer, irremediablemente, el deber de imparcialidad que tengo como juez constitucional, atributo inabdicable de la función judicial para preservar sin alteraciones la confianza pública, y condición inexcusable para asegurar un juicio justo”, señaló Carbajo.
Agregó: “Advierto que existen elementos de prueba que valoré al momento de legitimar la sentencia dictada en la causa 3017/2013 (la de Báez) en cuanto a la acreditación del delito precedente, en particular, en la dinámica de la asignación de obra pública y más concretamente respecto de la intervención de Lázaro Báez y de Austral Construcciones en aquella operatoria ilegal”.
Traducido: Carbajo opinó que el delito del lavado de 55 millones de dólares de Báez fue el delito precedente del direccionamiento de contratos de obra pública por 3.500 millones de dólares que los gobiernos de los Kirchner le dieron a quien, se comprobaría luego, era su socio comercial.
En Tribunales es raro que un juez se excuse. La mayoría de las veces, son las partes las que recusan. Por eso, ahora Borinsky y Hornos deberán revisar la jurisprudencia de Casación sobre esta sorpresiva auto-exclusión. Es probable que, si la rechazan, la defensa de Cristina apele la decisión argumentando la propia decisión de Carbajo como elemento a su favor.
Y después está la propia recusación contra Borinsky y Hornos. El kirchnerismo ya intentó correrlos con el argumento conspirativo de que hicieron las visitas a Macri. Hubo, incluso, una causa penal en la que los magistrados fueron sobreseidos. No se dará por vencida la defensa de la vice.
En el inicio de la ronda de apelaciones, la semana pasada, Cristina pidió a Casación Penal que se anule la pena que el Tribunal Oral Federal 2 dictó sobre ella en la causa Vialidad y que se disponga su absolución. Argumentó que el fallo en su contra contiene “arbitrariedad fáctica y normativa” y constituye “un supuesto de enorme gravedad institucional”.
Por su parte, el fiscal Diego Luciani pidió lo contrario en su propia apelación: que se agrave la pena impuesta a la Vicepresidenta -había pedido 12 años en su alegato- y que se la condene también por el delito de asociación ilícita, una figura que fue descartada por la mayoría del TOF 2.
La actual vicepresidenta podría presentarse este año a elecciones para cualquier cargo que quiera, pese a que ella habla de proscripción, porque la condena entrará a regir cuando quede eventualmente firme en Casación y luego en la Corte, lo que terminará de resolverse dentro de mucho tiempo.
Carbajo opinó que el delito del lavado de 55 millones de dólares de Báez fue el delito precedente
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