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El Tribunal Oral N°4 de La Plata, encabezado por la jueza Crispiani, condenó a las penas de prisión perpetua y 15 años de cárcel a los cuatro efectivos bonaerenses por el cuádruple crimen. Llantos entre familiares de las víctimas
Dos de los cuatro policías bonaerenses que en mayo pasado habían sido declarados culpables por un jurado popular por la “Masacre de San Miguel del Monte”, en la que cuatro jóvenes murieron en 2019 mientras eran perseguidos a los tiros por efectivos de esa fuerza de seguridad, fueron sentenciados ayer a prisión perpetua, mientras que los dos restantes recibieron una pena de 15 años de prisión.
La sentencia fue dictada por la jueza Carolina Crispiani del Tribunal Oral en lo Criminal 4 (TOC) de La Plata, que condenó a prisión perpetua a Rubén García y Leonardo Ecilapé, mientras que para Mariano Ibáñez y Manuel Monreal la pena fue de 15 años de cárcel.
Los dos policías que deberán cumplir la pena máxima fueron hallados coautores del delito de “homicidio agravado por el abuso de la función policial y por ser cometido mediante el empleo de arma de fuego” en perjuicio de Danilo Sansone (13), Camila López (13), Gonzalo Domínguez (14) y Aníbal Suárez (22), “en concurso ideal con el delito de tentativa de homicidio agravado por el abuso de su función policial y por el empleo de arma de fuego”, por el ataque a la sobreviviente Rocío Quagliarello.
En tanto, los otros dos fueron declarados como coautores de “tentativa de homicidio agravado por el abuso de su función policial y por el empleo de un arma de fuego (cuatro víctimas) en concurso ideal con el delito de tentativa de homicidio agravado por el abuso de su función policial y por el empleo de arma de fuego (una víctima)”.
EL TOC Nº 4 representado por la Dra. Carolina Crispiani, atento el veredicto condenatorio dictado por el Jurado, y cumplida con la audiencia de cesura, dictó la pena respectiva y afirmó en los fundamentos de la sentencia que: “los imputados Rubén García y Leonardo Ecilapé deberán ser condenados a la pena de prisión perpetua ya que es ésta la que posee una mayor validez jurídica, jurisprudencial, penitenciaria y ética (…) en consideración las circunstancias atenuantes y agravantes ponderadas considero justo imponer a Manuel Monreal y a Mariano Alejandro Ibáñez la pena de 15 años de prisión , accesorias legales y costas del proceso.”
En base a esta decisión la Jueza técnica explicó que valoró “en primer término como pauta atenuante la ausencia de antecedentes penales” de los imputados lo cual se erige en un parámetro revelador de menor peligrosidad. En segundo lugar consideró “como pauta atenuante la ausencia de sanciones administrativas en los legajos policiales de los imputados y también el -buen concepto- de los imputados que ha sido demostrado con los testigos que declararan en la audiencia del juicio de cesura”, expresó.
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Entre los agravantes esgrimidos el Tribunal tuvo en cuenta en lo que respecta a la víctima Rocío Quagliarello, la “extensión del daño causado” ya que entiende que “existe un margen dentro de la escala penal en particular que permite válidamente establecer un mayor contenido de injusto a determinadas circunstancias sin efectuar por ello una doble valoración. Especialmente por los testimonios ofrecidos durante la audiencia de cesura de juicio que han dado cuenta de las secuelas psicológicas y físicas que en la actualidad aún perduran en Rocío”.
Los abogados defensores de los cuatro expolicías condenados tendrán la posibilidad de fundar la apelación del fallo frente al Tribunal de Casación Penal dentro de los próximos veinte días dado que las reservas ya fueron planteadas en diversos momentos del debate.
En tanto el bloque acusador quedó conforme con la decisión del jurado popular y “las penas altas que impuso el tribunal” dado que pudieron llegar a desarrollar toda la prueba; así lo expresó Dora Bernárdez -abogada de Susana Ríos madre de Gonzalo-. Así mismo esperan se determine la fecha de un nuevo juicio que tendrá como imputados a los policías acusados de encubrimiento -19 en total- y se estima que será un debate que durara, aproximadamente, unas treinta jornadas.
Tras escuchar la última palabra de la Justicia, a cargo de la titular del tribunal, la jueza Carolina Crispiani, los familiares de las víctimas, en compañía de vecinos que vinieron desde la localidad de San Miguel de Monte, se fundieron en un abrazo y encontraron algo de alivio tras largos años de dolor y de pedido de justicia. Entre las imágenes más conmovedoras se observó a la mamá de Gonzalo junto a la mamá de Camila.
La “Masacre de Monte” ocurrió el 20 de mayo de 2019, cuando el auto Fiat 147 en el que circulaban las víctimas impactó en la colectora de la ruta 3 contra un acoplado de un camión, tras una persecución a los tiros por parte de los ahora, policías condenados.
Rubén García y Leonardo Ecilapé recibieron perpetua. Mariano Ibáñez y Manuel Monreal, 15 años. / D. Ripoll
La jueza Carolina Crispiani al momento de leer la sentencia / D. Ripoll
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