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“La Toretto” a Casación por un “salvoconducto”

En una nueva apelación de sus defensores, habla de una detención arbitraria en cuanto a sus formas y que siempre estuvo a derecho

“La Toretto” a Casación por un “salvoconducto”

Felicitas Alvite tiene 21 años. Puede pasar muchos más en prisión / web

15 de Octubre de 2024 | 02:53
Edición impresa

La carrera por obtener la domiciliaria de la influencer Felicitas Alvite (21), más conocida como “la Toretto” de La Plata, imputada por el delito de homicidio simple con dolo eventual, luego del trágico embiste del pasado 12 de abril en 13 y 532, donde murió el motociclista Rubén Walter Armand (35), continuará en el Tribunal de Casación bonaerense, instancia a la que recurrió la defensa de la joven para dar vuelta el último decisorio por mayoría de la Sala III de la Cámara Penal, donde le rechazaron ese beneficio.

En la presentación que lleva la firma de Flavio Gliemmo, Santiago Irisarri y Luisina Gliemmo, se denunció un escenario de “arbitrariedad”, con el que incluso pretenden habilitar la posibilidad de llegar con su pretensión a la Corte Suprema de la Nación.

Los letrados, en ese contexto, hablaron de un “quebrantamiento de normas legales, de normas constitucionales y de tratados internacionales de rango internacional”, que fundarían la admisibilidad de su petición.

“Se deja en evidencia la consideración del peligro de fuga sin analizar y tener en cuenta las variadas y cuantiosas constancias obrantes en autos que han dado cuenta, de manera sobrada, que nuestra asistida ha estado a Derecho. Así, se observa un razonamiento absolutamente irracional que violenta en un todo las leyes de la lógica y de la experiencia (es decir, no hablamos de una disparidad de criterio de pensamiento con relación al juicio de valor desarrollado por los organismos jurisdiccionales actuantes, sino que directamente denunciamos arbitrariedad por rechazar la morigeración a la prisión preventiva sin que exista una sola constancia en el expediente que permita considerar la existencia de peligros procesales que no puedan ser mitigados con una morigeración; más aún, se ha prescindido de prueba decisiva, en tanto las constancias de autos acreditan que nuestra asistida no se ha fugado luego de producido el hecho, ha colaborado con la policía, ha reconocido culpabilidad, le ha requerido a sus amigos que colaboren con el joven herido(incluso enviándoles mensajes para que recen por él), ha peticionado declarar en tres ocasiones –previo a la indagatoria-, ha puesto a disposición la clave de su teléfono celular para ser peritado y, finalmente, se ha entregado voluntariamente al tomar conocimiento que la orden de detención había adquirido firmeza). Ante tal contundente plexo probatorio es absolutamente irracional y arbitrario considerar que existen peligros procesales que no puedan mitigarse estando nuestra asistida con prisión domiciliaria”, se quejaron los profesionales encargados de representar a la acusada.

Las cuestiones de salud, eje de sus pretensiones excarcelatorias desde el vamos, no quedaron al margen.

Por último, antes del cierre formal del recurso, pidieron que se fije fecha de audiencia de visu, a fin de que los magistrados intervinientes en Casación, previo a resolver, puedan conocer a la imputada en persona.

 

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