TEMAS DE HOY:
PUBLICIDAD

Estatales: amplían licencias por patologías crónicas

Por Redacción

El gobierno bonaerense y los gremios estatales nucleados en la ley 10.430, acordaron ayer establecer una nueva licencia por razones de salud para los casos de tratamiento terapéutico por patologías crónicas.

La licencia “tiene por objetivo promover la reincorporación laboral progresiva, compatible con el seguimiento terapéutico ambulatorio. La misma consistirá en el otorgamiento de dispensas laborales, a fin de que el personal pueda sostener los tratamientos médicos indicados por los profesionales de la salud, asegurando la compatibilidad con las jornadas laborales y las tareas para las que ha sido designado”, se indica en el acta del acuerdo paritario a la que tuvo acceso este diario.

Estará destinada al personal que haya atravesado procesos prolongados de enfermedad crónica y se encuentra en condiciones de iniciar su reinserción laboral, conjuntamente con la continuidad de tratamientos terapéuticos ambulatorios, que requerirán dispensas laborales específicas.

De esta forma, se podrán conceder dispensas laborales con goce de haberes, de jornada completa hasta un máximo de 45, o de jornada parcial (media jornada) hasta un máximo de 90.

A modo de ejemplificar los grupos de enfermedades que contempla esta propuesta, se pueden mencionar aquellas que comprenden enfermedades renales que requieren diálisis, enfermedades pulmonares que conllevan rehabilitación para mejorar su capacidad ventilatoria, enfermedades autoinmunes, enfermedades oncológicas, entre otras, siempre que el médico actuante entienda que los tratamientos son compatibles con la actividad laboral y que la combinación de retorno laboral con el seguimiento terapéutico resulte definitivamente beneficioso para el personal.

También se consigna en el acuerdo que cuando las dispensas laborales sean de jornada parcial se concederán al inicio o finalización de la jornada laboral.

La licencia por tratamiento terapéutico por patologías crónicas se podrá fraccionarse en hasta cinco días de dispensas consecutivas como máximo. Cuando se supere esa cantidad deberá otorgarse la licencia médica ordinaria.

Las noticias locales nunca fueron tan importantes
SUSCRIBITE a esta promo especial
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Registrate gratis para seguir leyendo

Ya leíste varias notas de El Día. Creá tu cuenta gratuita y seguí accediendo al contenido del diario.

¿Ya tenés cuenta? Ingresar

Has alcanzado el límite de notas gratuitas

Suscribite a uno de nuestros planes digitales y seguí disfrutando todo el contenido de El Día sin restricciones.

Básico Promocional mensual

$570/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional mensual

$740/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme

ESTA NOTA ES EXCLUSIVA PARA SUSCRIPTORES

Para disfrutar este artículo, análisis y más, por favor, suscríbase a uno de nuestros planes digitales

¿Ya tiene suscripción? Ingresar

Básico Promocional mensual

$570/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Suscribirme

Full Promocional mensual

$740/ mes

Acceso ilimitado a www.eldia.com

Acceso a la versión PDF

Beneficios Club El Día

Suscribirme
PUBLICIDAD