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En el marco de un debate oral cargado de fuertes contrapuntos, la jueza correccional platense, Claudia Elizabeth Greco, dictó un fallo absolutorio para un hombre acusado por amenazas. Se trata de Néstor Adrián Santiago, quien había sido denunciado por el abogado penalista Christian Parodi, bajo el patrocinio de Fernando Palazzo.
De acuerdo a lo que refleja la resolución, para la magistrada “no se ha acreditado la materialidad delictiva del hecho imputado por el particular damnificado”.
En ese punto, consideró que “teniendo en cuenta el contexto en el que se desarrolla la conducta objeto de imputación, las expresiones realizadas por Santiago no fueron más que un exceso verbal producto de una tensión y enojo vinculado con la conflictiva subyacente entre los mismos”.
El incidente ocurrió en una confitería de 8 y 56, el 1º de agosto de 2022. Según Greco, “existía conocimiento” entre ambos y “una enemistad” por cuestiones personales.
La fiscal de juicio fue Victoria Huergo, que desistió de la acusación, mientras que como defensores de Santiago actuaron Ignacio Fernández Camillo y y Andrés Emanuel Noetzly.
Los voceros consultados indicaron que la lectura del veredicto se hizo en ausencia del denunciante y su representante letrado, quienes -por razones lógicas- no firmaron el acta.
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Por eso ahora surge el interrogante de su validez como tal. Eso independientemente de una eventual apelación del fallo en la instancia de alzada: la Cámara Penal.
En tanto, se supo que por orden de Greco, con motivo que en el fragor de los cruces hubo pasajes que se tildaron de “poco frecuentes” en un recinto judicial, podría haber luz verde para otro proceso penal.
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