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Un acuerdo de confidencialidad se concretó este miércoles sobre las medidas de seguridad de los dos menores de 14 años acusados de matar a Jeremías Monzón, el adolescente de 15 años asesinado en la ciudad santafesina de Santo Tomé.
La audiencia multipropósito comenzó a las 11 en el subsuelo de los Tribunales de la capital provincial, donde el fiscal Pablo Cecchini, los abogados querellantes, defensores particulares y la Secretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia lograron un consenso con respecto al futuro de los implicados.
El juez Gustavo Urdiales homologó la resolución, cuya información fue brindada a los familiares de los menores no punibles, al tiempo que también participaron la madre de la víctima; el ministro de Seguridad provincial, Pablo Cococioni; el fiscal Luis Schiappa Pietra y otras autoridades.
Bruno Andrés Rugna, uno de los representantes legales de Romina Monzón, remarcó: “No se pueden revelar los motivos del fallo porque son confidenciales”. El caso se encuentra caratulado como homicidio triplemente agravado por alevosía, ensañamiento y el concurso premeditado de dos o más personas.
En tanto, Milagros A., de 16 años, está alojada en un Instituto de Menores, mientras que su madre fue imputada como partícipe necesaria y permanecerá arrestada con prisión preventiva. Este martes, el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de Santa Fe ordenó la prohibición de la difusión del video del crimen.
De acuerdo al escrito, el tribunal estableció que los medios audiovisuales deben abstenerse de divulgar y reproducir filmaciones, imágenes y audios del crimen cometido el 18 de diciembre.
Se trata de una medida cautelar que había solicitado Romina Monzón como consecuencia del “daño promovido” por la viralización del video, motivo por el que “se libró oficio a Meta, Facebook, X, TikTok, Instagram, Telegram, WhatsApp y demás plataformas digitales, a fin de que retiren bloqueen, eliminen y desindexen” el material referido al asesinato. Asimismo, la jueza Viviana Nameda Marco ordenó al ENACOM y otros canales de televisión que no publiquen los videos “bajo el apercibimiento de la ley”.
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