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La Sala I de la Cámara Segunda de Apelación de La Plata confirmó la adoptabilidad de dos hermanos, pero fue más allá del caso: dispuso una audiencia especial para pedir disculpas en nombre del sistema judicial
La Justicia pide disculpas a niños institucionalizados / foto ilustrativa
En una resolución considerada inédita dentro del fuero de familia, la Cámara Segunda de Apelación en lo Civil y Comercial, Sala I, de La Plata -con primer voto del Dr. Ricardo Daniel Sosa Aubone y adhesión del Dr. Jaime Oscar López Muro- ordenó que el Estado y el sistema judicial formulen disculpas institucionales a niños que atravesaron años de espera dentro de un expediente que definía su situación familiar. La medida fue dispuesta como un acto de reparación simbólica frente a las dilaciones que marcaron el trámite y al impacto que el paso del tiempo tuvo en sus vidas.
El fallo no sólo confirmó la declaración de adoptabilidad de los hermanos involucrados en la causa, sino que avanzó un paso más al reconocer que el propio funcionamiento del sistema judicial contribuyó a prolongar la incertidumbre. Para los camaristas, el tiempo excesivo del proceso vulneró el derecho de los niños a crecer en un entorno estable y a recibir respuestas oportunas acordes al “tiempo propio de la infancia”.
La historia del expediente se remonta a una intervención estatal iniciada tras detectarse una grave situación de vulneración de derechos dentro del ámbito familiar. A partir de informes y evaluaciones interdisciplinarias, se constató que los niños se encontraban en un contexto atravesado por violencia, abandono y falta de cuidados básicos, lo que motivó su separación del núcleo de origen y el inicio de medidas de protección.
Durante el proceso se analizaron alternativas para preservar vínculos familiares, pero los equipos profesionales concluyeron que no existían condiciones concretas para garantizar un entorno seguro y estable. La madre biológica, según surge de los informes incorporados a la causa, atravesaba una situación de extrema vulnerabilidad y contaba con limitaciones que sólo hubieran permitido el ejercicio de la maternidad bajo apoyos permanentes que nunca pudieron sostenerse.
Sin embargo, el trámite judicial se extendió durante casi tres años entre evaluaciones, audiencias y recursos. En ese período, los niños atravesaron distintos dispositivos de cuidado e instancias de institucionalización, sin definiciones definitivas sobre su futuro familiar. Para la Sala I de la Cámara, esa prolongación resultó incompatible con el interés superior de la niñez y generó un impacto emocional que debía ser reconocido de manera expresa.
En ese contexto, los camaristas rechazaron la apelación presentada contra la declaración de adoptabilidad y confirmaron la medida, aclarando que la decisión no se basó en la discapacidad ni en las condiciones personales de la madre, sino en la imposibilidad de garantizar un ambiente seguro y sostenido para los niños.
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Asimismo, el tribunal dispuso que la integración adoptiva se concrete en un plazo máximo de 90 días, con seguimiento judicial, para evitar dilaciones indebidas y agilizar el paso de los niños hacia su nueva familia.
La resolución incorporó un elemento poco habitual dentro de la práctica judicial: la realización de una audiencia especial fijada para el 24 de febrero. En ese encuentro, los propios jueces explicarán a los niños -mediante un lenguaje acorde a su edad-, el recorrido del expediente y las decisiones. En ese mismo acto se concretará una disculpa institucional en nombre del Estado y del sistema de justicia por las demoras y la incertidumbre generadas durante el proceso.
La resolución se apoya en el deber reforzado de tutela judicial efectiva, el respeto por la dignidad de niñas y niños como sujetos plenos de derechos y los estándares de la Convención sobre los Derechos del Niño. La sentencia deja además un mensaje contundente: cuando la Justicia llega tarde, no alcanza con decidir.
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