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Convalidó la mayoría de los artículos de la nueva norma y dio su visto bueno a las "compensaciones" para edificios con cocheras
El gobierno provincial publicó finalmente en el Boletín Oficial la convalidación de la mayoría de los artículos del Código de Ordenamiento Urbano aprobado el año pasado por el Concejo Deliberante y cuya aplicación había sido suspendida por una acción de amparo emprendida por ong´s ambientalistas que, finalmente, fue levantada por la Suprema Corte de Justicia bonaerense.
En el marco de un dictamen en el que se excluyen 14 artículos y se modifican otros 26, la Provincia finalmente otorgó validez a una serie de aspectos salientes de la norma que regula el desarrollo urbanístico, comercial e industrial de la Ciudad y en ese contexto dio su visto bueno a la aplicación de las denominadas "compensaciones" por las que se permitirá construir edificios con más pisos a lo normado cuando esas construcciones cuenten con cocheras o se trate de obras de jerarquía, entre otras instancias. También queda suspendida, en la práctica, la creación del denominado "Lote Social".
En el decreto 466 publicado el lunes último en el Boletín Oficial con la firma del gobernador Daniel Scioli se indica que 26 de los 360 artículos de la ordenanza municipal 10.703 referida al Ordenamiento Territorial y Uso del Suelo o conocida como "Código de Ordenamiento Urbano" deberán ser reformulados por el Municipio y el Concejo Deliberante. En ese sentido fuentes municipales recordaron que en el ámbito comunal y luego del acuerdo alcanzado con las ong´s que accionaron judicialmente contra el nuevo COU, se creó recientemente un ámbito de discusión y análisis de la polémica norma, el Consejo Unico de Ordenamiento Territorial, CUOT.
Entre los 14 artículos que fueron eliminados del nuevo código figura el polémico apartado sobre "proyectos especiales", vinculado a grandes emprendimientos u obras públicas y privadas de gran envergadura.
"LOTE SOCIAL"
Otra norma que se modifica es la vinculada al denominado "Lote Social", que establecía la posibilidad de construir propiedades en terrenos de 8 metros por 12, destinados a viviendas de familias recién formadas. En el decreto provincial publicado en el Boletín Oficial se indica que la convalidación del "Lote Social" debe ajustarse a lo normado por la Ley 8912 sancionada en 1977, por la que los terrenos destinados a viviendas unifamiliares deben tener un mínimo de 10 metros por 30 metros.
Como se ha informado, tras su aprobación en 2010 y cuando el gobierno bonaerense se aprestaba a validar aspectos vinculados a normas provinciales sobre el uso del suelo, una medida cautelar frenó la entrada en vigencia del nuevo COU al hacer lugar a un planteo de inconstitucionalidad formulado por tres ong´s ambientalistas. El freno impuesto al nuevo COU generó una dura controversia, y en ese marco la CGT advirtió sobre el impacto social y económico que tendría para la Ciudad la paralización de las construcciones en altura proyectadas en la Ciudad.
Luego de varias audiencias entre las partes en conflicto, la Suprema Corte bonaerense resolvió levantar la medida cautelar e instó a la puesta en marcha de un mecanismo de corrección de la norma a partir del consenso.
METROS
Uno de los artículos que se modifica es el 191, sobre el denominado “Lote Social”, que establecía la posibilidad de construir propiedades en terrenos de 8 metros por 12 destinados a viviendas de familias recién formadas. El decreto provincial indica que esos lotes deben tener un mínimo de 10 metros por 30 metros
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