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El Tribunal lo sentenció a 8 años y medio de cárcel "por robo y tentativa de violación"
Ariel Rolando Fernández fue condenado ayer a 8 años y medio de prisión por el salvaje ataque, ocurrido en 2008, en el country Grand Bell de City Bell
En medio de un impresionante operativo de seguridad, en los Tribunales penales de 8 y 57, con la presencia de grupos especiales de Policía y del Servicio Penitenciario bonaerense, culminó ayer el accidentado juicio oral y público a un vigilador privado, Ariel Rolando Fernández (33), que finalmente fue condenado a 8 años y 6 meses de prisión.
La fluida y clara lectura del veredicto y sentencia, a cargo de la secretaria del Tribunal Oral en lo Criminal II de La Plata, Laurencia Bruni, se desarrolló con total normalidad, con una fuerte custodia dispuesta sobre el acusado y su defensor, José Ubeira, porque este último fue atacado a golpes el viernes último al salir de Tribunales, luego de los alegatos.
El juez Claudio Bernard dio por acreditado que "el 18 de noviembre de 2008, un hombre, en circunstancias en que se desempeñaba como empleado de una empresa de seguridad privada, ingresó mediante intimidación al domicilio ubicado en el lote 101 del country Grand Bell, y previo amenazar a la dueña de casa, Lorena Ronco (33), con una pistola calibre 38, cuya aptitud para el disparo no ha podido acreditarse, le exigió la entrega de dinero y elementos de valor".
También se explicó en el fallo que de esa forma el asaltante "logró apoderarse de unos 15.000 pesos y un reloj".
El juez, en un meduloso voto, dio por probado que el ladrón luego "le exigió a Ronco que se quite las prendas de vestir, la tiró sobre la cama, le dio varios golpes de puño, la manoseó y le tocó sus partes íntimas por debajo de su pantalón, previo realizarle cortes con un cuchillo en la muñeca derecha con el evidente propósito de accederla carnalmente".
El atacante "no logró consumar su accionar por la resistencia de la víctima, ante la aparición imprevista de la hija de la víctima y recibir un alerta a su Nextel, dándose a la fuga por la misma puerta de entrada a la casa", se describió en el veredicto.
En el voto del juez Bernard, que contó con la adhesión de sus dos colegas del Tribunal, las juezas Silvia Hoerr y María Florencia Butiérrez, se explicó que el hecho descripto quedó acreditado con la declaración de la víctima. Esta narró en la audiencia lo ocurrido esa noche con lujo de detalles y en un determinado momento expresando su furia hacia el acusado, que debió ser retirado de la sala.
Además dijo que todo finalizó cuando el vigilador la tomó de los pelos y la arrastró hasta la pieza de su hija, por entonces de 8 años, agarra a la niña y suelta a la madre, momento en que "me le tiro encima y le suena el radio Nextel, escucha que le dicen: `Ariel ...Ariel' y se va corriendo", aseguró la víctima en el debate oral.
El doctor Bernard precisó que ese relato "no mostró fisura alguna, ni duda relevante en lo que hace a lo sustancial de su relato, y en varias oportunidades, a lo largo del mismo, indicó en forma contundente, que el autor del hecho era el imputado Fernández".
El juez descartó la hipótesis brindada en el descargo del acusado, quien alegó que fue amenazado por otros dos, armados, para que facilite el acceso a la casa.
En tal sentido, en el fallo se destacó que "le asiste razón al abogado del particular damnificado, Fabián Améndola, que en su alegato reflexionó que esas dos personas solo estuvieron presentes en la imaginación del imputado".
De esta forma, Fernández fue condenado por el delito de "robo calificado por el uso de arma cuya aptitud para el disparo no ha podido acreditarse y tentativa de abuso sexual con acceso carnal agravado por el uso de armas".
Ese encuadre y los agravantes tenidos en cuenta en la sentencia: el imputado "es de una empresa de seguridad privada, la nocturnidad y que el hecho lo cometió en presencia de una menor de edad", marcaron la diferencia con los pedidos de condena del fiscal Sarlo (15 años) y el doctor Améndola (18).
COMPUTO
El condenado Ariel Fernández fue detenido el 18 de noviembre de 2008. Si la condena queda firme, con buena conducta y por carecer de antecedentes, podría acceder a salidas transitorias a partir del 18 de febrero próximo, al cumplir la mitad de la pena
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