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Eladio Ariel Rivero
Un hincha de Gimnasia y Esgrima de La Plata fue condenado ayer a 19 años de prisión e, inhabilitación perpetua para concurrir a su estadio, por el homicidio de otro simpatizante cometido en 2013, en la previa de un partido de fútbol.
La medida la impuso ayer el Tribunal Oral y Criminal IV de La Plata a Eladio Ariel Rivero (34), a quien le imputó el delito de “homicidio doblemente agravado, por el empleo de arma de fuego y por su comisión en ocasión de un espectáculo deportivo” en perjuicio de Julio Biscay (31).
Además le imputó “tentativa de homicidio doblemente agravado, por el empleo de arma de fuego y por su comisión en ocasión de un espectáculo deportivo”, ya que el disparo que mató a Biscay también hirió en la pierna a un niño de 11 años.
El hecho se registró el 2 de marzo de 2013 en las inmediaciones del estadio ubicado en el Bosque platense, en la previa del partido que debían disputar Gimnasia y Nueva Chicago por el Torneo de la primera B Nacional.
Según se acreditó en el juicio, en ese momento se inició una discusión entre Rivero y Biscay, que culminó cuando el hoy condenado extrajo un arma y le disparó cuando había por lo menos unas 200 personas que se dirigían al estadio.
El proyectil impactó en la espalda, a la altura del tórax, según consta en las pericias balísticas realizadas, y el proyectil con orificio de entrada y salida terminó rebotando en el asfalto para herir en una pierna a un chico de 11 años.
Para graduar la pena, los jueces Emir Alfredo Caputo Tártara, Germán Alegre y Juan Carlos Bruni tuvieron en cuenta como agravante que Rivero utilizó un arma en un espacio público, un día de semana y en un contexto en donde concurren desde niños hasta adultos.
Además consideraron que la víctima estaba desprevenida al momento del ataque ya que el disparo fue por la espalda y no tuvo posibilidad de defensa alguna.
En los alegatos, el abogado Julio Beley, que representó a la familia de la víctima, había solicitado que se condene al acusado a 25 años de prisión, mientras que la fiscalía requirió una condena de 22 años.
En el fallo, los jueces propusieron además que se modifique la ley 24.192 para que en los futuros casos la inhabilitación pueda extenderse a todos los estadios y no al lugar donde se produjo el hecho, tal como taxativamente lo determina la norma.
Para el juez Caputo Tártara, en caso contrario podría ocurrir que el condenado no pueda concurrir al estadio, ni siquiera ante un espectáculo folclórico, pero no le estaría prohibido ingresar al Estadio Unico de La Plata o, cualquier otro del país, donde juegue el equipo del cual es simpatizante.
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