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Política y Economía |Lo debate el concejo deliberante

Código de Convivencia: la oposición objetó la pena de arresto y buscan modificarlo

Junto a la Comisión por la Memoria y el ministerio de la Mujer, impulsan la probation como pena y cuestionan el espíritu general de la norma

Código de Convivencia: la oposición objetó la pena de arresto y buscan modificarlo
24 de Noviembre de 2020 | 04:48
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El debate del postergado proyecto del nuevo Código de Convivencia que mantiene desde el mes pasado el Concejo Deliberante viraría en las próximas semanas hacia la modificación de aspectos de su espíritu y en la pena de arresto frente a algunas contravenciones, que propone el texto enviado por Julio Garro.

Así lo proponen los ediles del Frente de Todos, luego de un análisis general del proyecto y previas consultas a la Comisión por la Memoria, el ministerio de la Mujer y el área de Derechos Humanos. Cuestiona la oposición el espíritu punitivo de la iniciativa: “Es más un código contravencional que un código de convivencia”, describió ayer el concejal peronista Ariel Archanco, en diálogo con EL DIA.

Hasta ahora, en las reuniones para analizar la norma realizadas por la comisión de Seguridad y Derechos Humanos del deliberativo, se vino realizando un repaso general en torno al espíritu de la propuesta de Garro: la actualización del Código Contravencional de la Ciudad, que difiere del vigente en torno a la profundización de las penas, el cuidado del medio ambiente y la protección de los derechos animales.

En ese sentido, el Frente de Todos vino objetando que el énfasis del proyecto estè “en las sanciones”.

Es que la duplicación de las bases sancionatorias es una de las principales innovaciones del nuevo código, además de la creación de cuerpos de inspectores para cuestiones ambientales y de espacio público y el punir a padres cuyos hijos menores provoquen destrozos en el patrimonio urbano.

EL ARRESTO

Advirtiendo que aún resta un análisis exhaustivo del articulado del proyecto, hasta el momento la oposición puso objeciones a la incorporación de la pena de arresto para casos en los que los infractores de determinadas contravenciones no abonen de forma pecuniaria las multas aplicadas.

Es que, en su artículo 39, el proyecto prevé convertir en penas de arresto las multas que no sean abonadas en término, el que no podrá superar los 30 días y deberá cumplirse en dependencias de la Policía de la Provincia o en “establecimientos especiales”.

Al momento, éste es uno de los aspectos más polémicos por su contradicción con los pactos internacionales con rango constitucional y con el Código Procesal Penal. Pero no sólo en el peronismo estarían considerando este artículo un exceso de facultades municipales. En el bloque de Juntos por el Cambio también estarían de acuerdo con modificar este tipo de sanciones.

El recurso, trascendió, sería el de la incorporación de la figura de probation, por la cual quienes no abonen las multas aplicadas deberán prestar servicios a la comunidad.

 

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