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Eso indica un relevamiento sobre el cumplimiento de una ley que ordena también espacio para productos del sector pyme
A juzgar por el panorama que obtuvo una asociación de consumidores de la Región, las herramientas que promueve la denominada Ley de Góndolas para ayudar al bolsillo de la clientela y pequeñas y medianas empresas productoras de elementos de la canasta básica tienen un impacto dispar. En casos, nulo.
El escenario quedó planteado en un informe al que accedió este diario sobre un relevamiento realizado en locales de ocho cadenas comerciales del segmento de hipermercados, tanto del renglón minorista como mayorista.
Integrantes de la asociación “Consumidores Responsables” recorrieron los locales sobre el final de la semana y tomaron apunte sobre el cumplimiento de los principales aspectos de la exigencia de la norma, que se aplica a productos alimenticios, de limpieza y de higiene personal.
De la obligación de señalizar el producto con menor precio, se detectaron incumplimientos que oscilan del 20 % al 100%, entre los comercios analizados.
Según detalló sobre el relevamiento Juan Diego González Morales, “en varios de los establecimientos relevados se cumple con la señalización de menor precio, pero suele suceder que no se encuentre el producto, o que haya un producto distinto o que la señalización sea en el lugar incorrecto de la góndola”, indicó.
Por otra parte, desde Consumidores Responsables se informó que de la exigencia de señalar la mercadería producida por el sector de las pequeñas y medianas empresas (pyme), se observó un incumplimiento del 100 % en 6 de los 8 establecimiento relevados y en los otros 2 se dio un incumplimiento del 75 y 80 %.
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La norma también previó el empleo de las nuevas tecnologías de la comunicación para la creación del mercado de compras electrónicas. Puntualmente, se exige publicar en la web de cada híper el precio más bajo.
Sin embargo, según la asociación que salió a relevar “la obligación del cumplimiento del menor precio en la góndola digital solo es cumplida por 1 de los 8 establecimientos”, apuntó González Morales.
El estudio se realizó en un contexto de intensidad en el análisis de los precios.
Por estas semanas, las entidades vinculadas con la defensa de los derechos del consumidor se sumaron a los controles que realiza el Gobierno con respecto a la lista de 1.432 productos sobre los cuales dispuso el congelamiento de precios a partir de las listas que se empleaban el primero de octubre.
La Ley de Góndolas fue sancionada por el Congreso Nacional el 28 de febrero de 2020. Entró en vigencia a fines de marzo de este año, una vez que el Poder Ejecutivo Nacional reglamentó el articulado.
Las sanciones previstas para las firmas que no cumplan con esta reglamentación son las que están previstas en la Ley de Abastecimiento.
Tiene como objetivo “democratizar y ampliar la oferta hacia los consumidores, produciendo mayor competencia, la cual debería redundar en mejores precios”, analizó González Morales.
Entre otros aspectos, la Ley establece que aquellos hipermercados y supermercados con una superficie de atención al público mayor a 800 metros cuadrados deberán señalizar en la parte media de cada góndola, el producto que tenga menor precio, como así también señalizar los productos de los pequeños empresarios, los cuales deben ocupar no menos del 25 % de la góndola.
También, en la “góndola virtual”: el mejor precio debe aparecer en la primera pagina de la web que ofrezca determinado producto, debe figurar el de menor precio.
Todas las reglas señaladas por la Ley 27.545 no se aplican a pequeños y medianos comercios.
Según se indicó desde Consumidores Responsables, el relevamiento se realizó sobre los que se consideró como “12 productos mas populares”.
La lista se conformó con yerba, aceite, harina, arroz, azúcar, puré de tomates, arvejas, fideos secos, dulce de leche, leche larga vida, leche en sachet y manteca.
En su línea argumental, la ley plantea que los productos alimenticios, las bebidas, los productos de higiene personal y de limpieza del hogar deberán aparecer en una variedad de marcas en las estanterías.
Por otra parte, los productos de un proveedor o grupo empresario no pueden ocupar más del 30 por ciento de la góndola.
Según los alcances de la Ley, los hipermercados y supermercados deben garantizar productos de al menos 5 proveedores en la góndola.
El 25 por ciento de los productos deben ser de Pymes, cooperativas o mutuales y el 5 por ciento de empresas de agricultura familiar, campesina o indígena.
“Compre MiPyme” es la leyenda con la que deben estar destacados los productos de las micro y pequeñas empresas.
Según la Ley, la Secretaría de Comercio Interior podrá fijar un porcentaje máximo de espacio de venta para los productos importados por cada categoría.
Según la Ley, los híper y súper con 800 metros cuadrados o mas deben señalizar en la parte media de cada góndola, el producto de menor precio.
También se debe señalizar los productos de los pequeños empresarios, los cuales deben ocupar no menos del 25 % de la góndola.
La norma también incluye la denominada “góndola virtual” de los comercios alcanzados. En la primera pantalla de sus sitios web deben incluir el producto de menor precios.
El estudio tomó como base 12 productos de la canasta, de consumo masivo
Según la Ley, un producto no puede ocupar más del 30% del espacio de exhibición
Los requerimientos de la norma
- Según la Ley, los híper y súper con 800 metros cuadrados o mas deben señalizar en la parte media de cada góndola, el producto de menor precio.
- También se debe señalizar los productos de los pequeños empresarios, los cuales deben ocupar no menos del 25 % de la góndola.
- La norma también incluye la denominada “góndola virtual” de los comercios alcanzados. En la primera pantalla de sus sitios web deben incluir el producto de menor precios
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