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Proponen cobrar multas millonarias por las fiestas clandestinas

Proponen cobrar multas millonarias por las fiestas clandestinas
7 de Mayo de 2021 | 12:23

El diputado platense Guillermo Escudero presentó un proyecto de reforma del Código de Faltas provincial incorporando específicamente la figura de la fiesta clandestina y endureciendo las penas de manera tal que los infractores tengan penas mínima de 80 sueldos de comisario. Es pertinente aclarar que la ley establece el sueldo de policía como parámetro para clasificar el valor de la multa.

“Las penas establecidas en el Código de Faltas provincial contemplan un pequeño porcentaje de sueldos de policías medios. Muchas de estas multas son de 10 o 20 mil pesos, por los que a infractores de fiestas clandestinas resultarían irrisorias,” expresó el diputado.

Este contexto de pandemia ha incrementado este tipo de prácticas extendiendo las fiestas clandestinas por toda la provincia y generando graves consecuencias.  Escudero al respecto considera que “la falta del cumplimiento de las normas mínimas esenciales para la realización de estos eventos pone en riesgo a distintos sectores de la población y la ausencia de esta figura en el código impide su correcta sanción”. Es por eso que Escudero  propone en el proyecto una contravención de 80 sueldos de comisario, lo que equivaldría aproximadamente 8 millones de pesos.

Así se desalienta este tipo de actividades que pone en peligro a quienes participan, al ambiente que lo rodea y a toda la comunidad.

En el proyecto presentado por el diputado Escudero el Artículo 85 bis quedaría redactado de la siguiente forma: "Cuando los incumplimientos previstos en el art. 85 se produzcan en actividades que provoquen concurrencia de público y venta de entradas o bebidas o comidas sin las autorizaciones correspondientes las multas económicas serán las que establezcan las autoridades municipales que no podrán ser menores a ochenta haberes mensuales correspondientes al cargo de Comisario de la Policía de Buenos Aires, arrestos de 20 días, clausura e inhabilitación si correspondiere".

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